Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Campo. (BOP-2020-2214)
BOP-2020-2214 Renovación Cargo Juez/a de Paz Sustituto/a.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villa del Campo
EDICTO. Renovación Cargo Juez/a de Paz Sustituto/a.
Que habiendo transcurrido el plazo de duración del mandato del Juez/a de Paz sustituto/a de
Villa del Campo, el Ayuntamiento ha iniciado expediente para la elección de los mismos.
Aquellos/as que tengan interés en optar al mencionado cargo podrán presentar instancia en el
Ayuntamiento, que les será facilitada en el mismo, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
Los requisitos que han de cumplir los/as interesados/as son los que la vigente LO 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, previene para el ingreso en la carrera judicial, excepto de los
derivados de la jubilación por edad, siempre que esta no suponga impedimento físico o
psíquico para el cargo. Estos requisitos son:
1º.- Ser español/a.
2º.- Ser mayor de edad.
3º.- No estar incluido/a en ninguna de las causas de incapacidad que establece el art.
303 LO. 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, que literalmente dice "Están
incapacitados para el ingreso en la carrera judicial los impedidos físicamente o
psíquicamente para la función judicial, los condenados por delito doloso mientras no
hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso mientras
no sean absueltos o se dicte sentencia de sobreseimiento, y los que no están en el
ejercicio pleno de sus derechos civiles."
A dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a continuación:
DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR:
A) Fotocopia compulsada del D.N.I.
B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados
y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
CVE:
BOP-2020-2214
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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