Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2020-2195)
BOP-2020-2195 Bases Provisión, como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Oficial de Policía Local (Promoción interna).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Dicho proceso selectivo se llevarán a cabo como a continuación se describe:
7.1. Primera fase: Concurso-oposición.
7.1.1. Fase de concurso:
Solo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de
presentación de instancias. En todo caso, el presente concurso no podrá superar el 35% de la
puntuación total correspondiente al concurso-oposición.
A efectos de cumplir el límite del 35%, la puntuación máxima de la fase de concurso será de
10,50 puntos, lo que supone un 34,43% de la puntuación total del concurso-oposición.
Los méritos alegados y documentados por los aspirantes se valorarán con arreglo al siguiente
baremo:
7.1.1.1. Antigüedad:
a. Por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos
de Policía Local de Extremadura, en la categoría de Agente de Policía Local: 0,30
puntos, a contar a partir de los dos años que figuran como requisito.
b. Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses, prestados en otras Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad: 0,10 puntos. En este apartado, no se computarán los periodos
temporales computados en el apartado anterior.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,50 puntos.
7.1.1.2. Formación:
a)Por haber participado en calidad de alumno en cursos impartidos en los centros
oficiales enumerados al final de este apartado, sobre materias relacionadas con las
funciones de los Cuerpos de Policía Local:
Si no se especifica el número de horas 0,00 puntos
Menos de 10 horas 0,10 puntos
De 10 a 20 horas 0,15 puntos
De 21 a 50 horas 0,20 puntos
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 7955
7.1. Primera fase: Concurso-oposición.
7.1.1. Fase de concurso:
Solo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de
presentación de instancias. En todo caso, el presente concurso no podrá superar el 35% de la
puntuación total correspondiente al concurso-oposición.
A efectos de cumplir el límite del 35%, la puntuación máxima de la fase de concurso será de
10,50 puntos, lo que supone un 34,43% de la puntuación total del concurso-oposición.
Los méritos alegados y documentados por los aspirantes se valorarán con arreglo al siguiente
baremo:
7.1.1.1. Antigüedad:
a. Por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos
de Policía Local de Extremadura, en la categoría de Agente de Policía Local: 0,30
puntos, a contar a partir de los dos años que figuran como requisito.
b. Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses, prestados en otras Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad: 0,10 puntos. En este apartado, no se computarán los periodos
temporales computados en el apartado anterior.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,50 puntos.
7.1.1.2. Formación:
a)Por haber participado en calidad de alumno en cursos impartidos en los centros
oficiales enumerados al final de este apartado, sobre materias relacionadas con las
funciones de los Cuerpos de Policía Local:
Si no se especifica el número de horas 0,00 puntos
Menos de 10 horas 0,10 puntos
De 10 a 20 horas 0,15 puntos
De 21 a 50 horas 0,20 puntos
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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