Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2020-2189)
BOP-2020-2189 Bases Convocatoria provisión en propiedad de una Plaza Vacante de la Policía Local, mediante oposición libre.
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1.3- En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de Medidas para
la Modernización del Gobierno Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública (En todo lo que no esté derogado por el TREBEP); el Real
Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio,
por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; RD
364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado;
Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura; Ley 7/2017, de 1 de agosto,
de Coordinación de Policías Locales de Extremadura y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre,
de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, modificado por el Decreto 170/2016,
por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías Locales de Extremadura; la Orden de
14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas mínimos a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso,
promoción y movilidad en los Cuerpos de la Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y demás normas concordantes de aplicación.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES PARA PODER SER ADMITIDOS EN LAS
PRUEBAS
2.1- Para tomar parte en estas pruebas selectivas será necesario reunir las siguientes
condiciones:
Tener nacionalidad española.
Tener cumplidos 18 años y no superar los sesenta antes de la fecha en que termine el
plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.
Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles correspondientes a los
grupos de clasificación de la plaza convocada. Es decir, Título de Bachiller o
equivalente o haber finalizado los estudios con el abono de los derechos
CVE:
BOP-2020-2189
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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