Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2020-2164)
BOP-2020-2164 Modificación plazo de ejecución de obras encomendadas del Plan Activa Obras 2017-2018.
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La ejecución de la obra que constituye el objeto de la subvención, deberá estar finalizada y
recepcionada antes del 8 de febrero de 2.021.
La justificación del pago deberá tener lugar con anterioridad al 8 de abril de 2.021.
2.- No existe posibilidad alguna de prórroga de los plazos aquí dispuestos.”
La cláusula tercera de este apartado 10º se mantiene en su redacción original.
SEGUNDO.- Se dará traslado de la presente resolución a los Ayuntamientos interesados y a
las Áreas de esta Diputación que puedan resultar afectadas por la misma.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o con carácter potestativo, recurso de
reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
Por su parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en los litigios entre
Administraciones públicas no cabrá interponer recurso en vía. No obstante, cuando una
Administración interponga recurso contencioso-administrativo contra otra, podrá requerirla
previamente para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique
la actuación material o inicie la actividad a que esté obligada. El citado requerimiento previo
deberá producirse en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución o
en su caso, en el plazo de dos meses contados desde la publicación de la misma.
Cáceres, 26 de junio de 2020
Ana de Blas Abad
VICESECRETARIA
CVE:
BOP-2020-2164
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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