Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03302/2025)
Convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez/a de Paz titular
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Ayuntamiento de Hornachos

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hornachos
Hornachos (Badajoz)
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Convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez/a de Paz titular

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN DEL CARGO DE JUEZ/A DE PAZ TITULAR
En cumplimiento de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz, se anuncia la convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez/a de Paz titular de Hornachos (Badajoz),
estableciéndose un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas interesadas en ocupar el cargo, que reúnan las condiciones exigidas en
el artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz y no estén incursos en ninguna de las causas de
incompatibilidad y prohibiciones del artículo 389 de dicha Ley, puedan presentar su solicitud en el registro de entrada de
este Ayuntamiento o bien mediante cualquiera de los procedimientos regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud, debidamente firmada, habrá de acompañarse:
- Certificado de nacimiento o fotocopia del DNI.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
- Certificado médico de no padecer impedimento físico o psíquico para la función de Juez de Paz.
- Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad, prevista en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el ejercicio de las funciones judiciales, con las
excepciones previstas para los Jueces de Paz.
- Declaración jurada de su actual profesión.
Si alguna solicitud adolece de algún defecto se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta
indicándole que en caso de que no aporte o corrija la documentación aportada, se le tendrá por desistido de su petición,
archivándose con los efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lo que se publica para general conocimiento y efectos.
En Hornachos, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Francisco Buenavista García.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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