Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03173/2025)
Aprobación definitiva del estudio de detalle de la manzana 02 del SUB-EE 9.1
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 3173/2025
Habiéndose procedido el día 23 de abril de 2025 y con número BA/016/2025 al depósito del citado estudio de
detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo
mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la
Provincia y sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del
decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Ordenación
Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
De acuerdo con los artículos 57 LOTUS y 69 RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa del
estudio de detalle aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, se encuentra accesible a través de la
siguiente dirección electrónica:
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/57959/expedientes-aprobados
Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura a través del siguiente enlace.
http://sitex.gobex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=40837
El contenido normativo y/o articulado del estudio de detalle se detalla en el anexo I.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de
conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo
ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde (PD. Decreto de Alcaldía 2/2/2024 - BOP número 28 de 8/2/2024). El Teniente
de Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, Carlos Urueña Fernández.____________________
ANEXO I. RESUMEN EJECUTIVO
1.- Delimitación del ámbito en los que la ordenación proyectada altera la vigente.
Los terrenos afectados por el estudio de detalle (en adelante ED) son los correspondientes a la manzana denominada 02 del
Sector SUB-EE-9.1. Se emplaza en la esquina que conforman los viales denominados avenida de la Innovación y la calle
Federico Mayor Zaragoza. Cuenta con una superficie total de 18.054,92 m² y se encuentra parcialmente edificada con varios
inmuebles de uso docente o vinculados a este uso, suponiendo una superficie total edificada de 11.919,11 m²c.
Volumétricamente, constan de diferentes alturas, oscilando entre una y cuatro plantas.
2.- Modificación propuesta en el estudio de detalle.
El ED propuesto modifica la tipología edificatoria, ordena los espacios libres interiores de la manzana y establece una nueva
volumetría con el objetivo de adaptar las condiciones urbanísticas a la realidad edificada. En consecuencia, no se modifica
ninguna determinación estructural, no se establecen nuevos usos y ordenanzas. Tampoco se incrementa el
aprovechamiento urbanístico ni afecta negativamente a la funcionalidad de las dotaciones públicas. Asimismo, no se alteran
las condiciones de ordenación de predios colindantes ni ocasiona perjuicio a terceras partes.
3.- Condiciones urbanísticas propuestas:
1. Clasificación del suelo: Suelo Urbano Consolidado.
2. Uso pormenorizado: Equipamiento Público.
3. Uso específico: Enseñanza, Educación Universitaria (EEU).
4. Tipología edificatoria: Edificación Abierta Alilneada (EAA).
5. Altura máxima edificable: Según plano de calificación, alineaciones y rasantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Habiéndose procedido el día 23 de abril de 2025 y con número BA/016/2025 al depósito del citado estudio de
detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo
mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la
Provincia y sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del
decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Ordenación
Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
De acuerdo con los artículos 57 LOTUS y 69 RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa del
estudio de detalle aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, se encuentra accesible a través de la
siguiente dirección electrónica:
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/57959/expedientes-aprobados
Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura a través del siguiente enlace.
http://sitex.gobex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=40837
El contenido normativo y/o articulado del estudio de detalle se detalla en el anexo I.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de
conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo
ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde (PD. Decreto de Alcaldía 2/2/2024 - BOP número 28 de 8/2/2024). El Teniente
de Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, Carlos Urueña Fernández.____________________
ANEXO I. RESUMEN EJECUTIVO
1.- Delimitación del ámbito en los que la ordenación proyectada altera la vigente.
Los terrenos afectados por el estudio de detalle (en adelante ED) son los correspondientes a la manzana denominada 02 del
Sector SUB-EE-9.1. Se emplaza en la esquina que conforman los viales denominados avenida de la Innovación y la calle
Federico Mayor Zaragoza. Cuenta con una superficie total de 18.054,92 m² y se encuentra parcialmente edificada con varios
inmuebles de uso docente o vinculados a este uso, suponiendo una superficie total edificada de 11.919,11 m²c.
Volumétricamente, constan de diferentes alturas, oscilando entre una y cuatro plantas.
2.- Modificación propuesta en el estudio de detalle.
El ED propuesto modifica la tipología edificatoria, ordena los espacios libres interiores de la manzana y establece una nueva
volumetría con el objetivo de adaptar las condiciones urbanísticas a la realidad edificada. En consecuencia, no se modifica
ninguna determinación estructural, no se establecen nuevos usos y ordenanzas. Tampoco se incrementa el
aprovechamiento urbanístico ni afecta negativamente a la funcionalidad de las dotaciones públicas. Asimismo, no se alteran
las condiciones de ordenación de predios colindantes ni ocasiona perjuicio a terceras partes.
3.- Condiciones urbanísticas propuestas:
1. Clasificación del suelo: Suelo Urbano Consolidado.
2. Uso pormenorizado: Equipamiento Público.
3. Uso específico: Enseñanza, Educación Universitaria (EEU).
4. Tipología edificatoria: Edificación Abierta Alilneada (EAA).
5. Altura máxima edificable: Según plano de calificación, alineaciones y rasantes.
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