Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. (03164/2025)
Cambios en la composición de la Mesa de Contratación del Consorcio PROMEDIO
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO
Anuncio 3164/2025
Don Ramón Gómez de Tejada Díaz, Jefe del Servicio de Contratación Centralizada, o funcionario en
quien delegue, para los expedientes de contratación de su competencia; o doña Vanesa Breña Egido,
Jefa de Sección de Contratación del Consorcio de Gestión Medioambiental, o funcionario en quien
delegue, para los expedientes relativos a obras y asistencias técnicas relacionadas con obras.
Segundo. La composición de los miembros de la mesa de contratación referida, se publicará en el perfil de
contratante, de conformidad con lo establecido en los artículos 326.3, 63.5, así como en la disposición
adicional 2.ª, apartado 7 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero. La Mesa de Contratación ajustará su actuación a lo previsto en la normativa reguladora de la
contratación en el sector público, y en lo no previsto en la misma, a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de primero
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Todos los miembros de la mesa de contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario o Secretaria,
que actuará con voz pero sin voto. La mesa podrá proponer a la Presidencia, el nombramiento de cuantos
asesores considere convenientes, en razón de sus especiales conocimientos técnicos, que podrán asistir a sus
reuniones con voz y sin voto, en aquellos procedimientos de contratación en los que la complejidad de las
valoraciones de las ofertas así lo aconseje, sin que tengan la consideración de miembros de la mesa de
contratación, ni otra función más allá de la de informar y asesorar de forma no vinculante.
Quinto. Quedan sin efecto las anteriores resoluciones de la Vicepresidencia del Consorcio, por las que se
designaban miembros de indicada mesa de contratación.
Sexto. Dar traslado de la presente resolución a los miembros designados, así como al Consejo de
Administración del Consorcio, en la primera sesión ordinaria que celebre, a efectos de conocimiento, en
cumplimiento a lo determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente, Francisco Buenavista García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Don Ramón Gómez de Tejada Díaz, Jefe del Servicio de Contratación Centralizada, o funcionario en
quien delegue, para los expedientes de contratación de su competencia; o doña Vanesa Breña Egido,
Jefa de Sección de Contratación del Consorcio de Gestión Medioambiental, o funcionario en quien
delegue, para los expedientes relativos a obras y asistencias técnicas relacionadas con obras.
Segundo. La composición de los miembros de la mesa de contratación referida, se publicará en el perfil de
contratante, de conformidad con lo establecido en los artículos 326.3, 63.5, así como en la disposición
adicional 2.ª, apartado 7 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero. La Mesa de Contratación ajustará su actuación a lo previsto en la normativa reguladora de la
contratación en el sector público, y en lo no previsto en la misma, a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de primero
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Todos los miembros de la mesa de contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario o Secretaria,
que actuará con voz pero sin voto. La mesa podrá proponer a la Presidencia, el nombramiento de cuantos
asesores considere convenientes, en razón de sus especiales conocimientos técnicos, que podrán asistir a sus
reuniones con voz y sin voto, en aquellos procedimientos de contratación en los que la complejidad de las
valoraciones de las ofertas así lo aconseje, sin que tengan la consideración de miembros de la mesa de
contratación, ni otra función más allá de la de informar y asesorar de forma no vinculante.
Quinto. Quedan sin efecto las anteriores resoluciones de la Vicepresidencia del Consorcio, por las que se
designaban miembros de indicada mesa de contratación.
Sexto. Dar traslado de la presente resolución a los miembros designados, así como al Consejo de
Administración del Consorcio, en la primera sesión ordinaria que celebre, a efectos de conocimiento, en
cumplimiento a lo determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente, Francisco Buenavista García.
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