Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03085/2025)
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 3/2025 de crédito extraordinario
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Llera

Anuncio 3085/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llera
Llera (Badajoz)
Anuncio 3085/2025
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 3/2025 de crédito extraordinario

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de
exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 2 de junio de 2025, sobre el
expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería 03/2025 que se hace público:
2.- Partida del presupuesto de gasto a las que afecta el expediente:

AUMENTOS DE CRÉDITO
Partida
432

68200

Denominación

Cto. actual

Aumento

Cto. final

Adquisición inmueble

0,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

40.000,00 €

Total créditos extraordinarios:
3.-Recursos que han de financiar la modificación de crédito:
Operaciones de crédito:

Concepto/subconcepto

Denominación

Importe (€)

91100

Fondo financiero extraordinario de anticipos reintegrables
Diputación de Badajoz

0,00 40.000,00 € 40.000,00 €

Total remanente utilizado:

Total financiación:

40.000,00 €

40.000,00

Contra el presenta acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y
plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Llera, a fecha de la firma digital.- La Alcaldía-Presidencia, Ana Torres Márquez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3