Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03055/2025)
Suplencia de la Presidenta
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Suplencia de la Presidenta

SUPLENCIA DE LA PRESIDENTA
Para general conocimiento, se hace público que la Presidenta de la institución provincial, con fecha 3 de julio de 2025, ha
dictado resolución del siguiente tenor literal:
"Al objeto de no crear situación de vacío en la titularidad de la institución, debido a la ausencia de la
Presidenta de la misma, por disfrute de las vacaciones estivales reglamentarias 2025, resulta conveniente
programar con la antelación suficiente, la sustitución legal, de acuerdo con la normativa vigente en la materia,
reguladora de los casos de ausencias de cualquier índole.
Por lo tanto, conforme a lo establecido en el artículo 35.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, concordante con el
67 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como en el 11 del Reglamento Orgánico
Provincial, al particular planteado,
RESUELVO:
Primero.- Designar al Vicepresidente primero de la institución, don Juan María Delfa Cupido, para que durante
el período comprendido entre los días 1 al 15 de agosto de 2025 -inclusivos-, ejerza la representación de la
institución provincial de Badajoz, sustituyéndome en el ejercicio del cargo de Presidenta de la Corporación,
con plena capacidad resolutoria en los trámites administrativos que se produzcan, así como en cada una de
las delegaciones conferidas para las áreas funcionales y departamentos institucionales (resolución de fecha
7/6/2025, publicada en el BOP 9/6/2025), que en el mismo momento se encuentren ausentes sus titulares.
Segundo.- Formalizar los trámites y notificaciones oficiales, a la efectividad de cuanto se dispone en esta
resolución, debiendo darse cuenta al Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria que celebre, conforme a
lo determinado en el artículo 58, d) del Real Decreto referido.
Lo dispone así la Presidenta de la institución, y el Secretario General toma razón, para su transcripción al libro
electrónico de resoluciones, y garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y
conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional."
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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