Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03056/2025)
Aprobación definitiva de expedientes de modificación de crédito número 009/2025 y 010/2025
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 3056/2025
Aprobación definitiva de expedientes de modificación de crédito número 009/2025 y 010/2025

Habiéndose aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 009/2025 y 010/2025 del presupuesto
en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario, financiado con cargo a remanente líquido de
tesorería y habiendo transcurrido el plazo de alegaciones sin haber recibido ninguna, se considera aprobado
definitivamente el mismo.
Se publica de nuevo el acuerdo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, como sigue a continuación:
Suplemento de crédito 009/2025 y crédito extraord. 010/2025

Aplicación presupuestaria

Denominación

231/622.00.00

Centro de día

231/622.00.01

Proyecto centro de día

Total créditos =

Crédito inicial

Modificación (incremento)

Crédito definitivo

1.498.315,33 €

107.564,95 €

1.605.880,28 €

0.00 €

5.129,64 €

5.129,64 €

1.498.315,33 €

112.694,59 €

1.611.009,92 €

El anterior importe se financia mediante:
c) Con cargo al remanente de tesorería disponible para gastos generales:

Aplicación
presupuestaria
870.00

Denominación
Remanente de tesorería
para gastos generales
(RTGG)

Total remanente utilizado

Previsión
inicial

Modificación
(incremento)

Previsión
definitiva

0,00 €

112.694,59 €

112.694,59 €

0,00 €

112.694,59 €

112.694,59 €

Total financiación

112.694,59 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raúl Gordillo Barroso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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