Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03025/2025)
Extracto de la convocatoria del XXVI concurso de pintura al aire libre Ciudad de Badajoz 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 3025/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 3025/2025
Extracto de la convocatoria del XXVI concurso de pintura al aire libre Ciudad de Badajoz 2025
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 8 DE JULIO DE 2025 DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ,
POR LA QUE SE CONVOCA EL XXVI CONCURSO DE PINTURA AL AIRE LIBRE CIUDAD DE BADAJOZ 2025
BDNS (Identif.): 845633
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/845633)
Primero.- Objeto.
El objeto de esta convocatoria es potenciar la creación artística, contribuir al dinamismo del sector cultural y reconocer la
labor desarrollada por autores con el propósito de fomentar, conservar, promocionar y ensalzar la cultura.
La concesión del premio se realizará en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP, número 21 de fecha 2 de
febrero de 2009.
Cuarto.- Destinatarios
Esta convocatoria está dirigida a autores de cualquier nacionalidad o residencia, mayores de 18 años.
Quinto.- Tema, técnica y formato.
El tema será cualquier motivo (plaza, rincón, panorámica, etc.) del recorrido expreso en el plano que se facilitará con el
sellado del soporte. No se admiten modelos previos (bocetos, esquemas o fotografías).
La técnica pictórica es libre. El soporte deberá ser rígido (lienzo, tablero, etc.), de 65 cm. como mínimo y 200 cm., como
máximo por cada uno de sus lados. Cada participante aportará caballete y el soporte blanco o con color base, sin textura. En
caso de deterioro podrá sellarse un segundo soporte, entregando el deteriorado y deberá ir provisto del material necesario
para desarrollar su obra. Además, deberá hacerse responsable de la recogida de los eventuales residuos generados durante
el desarrollo de la actividad.
Sexto.- Premios.
Se establecen los siguientes premios:
1er Premio Ayuntamiento de Badajoz
2.100,00 €
2.º Premio Ayuntamiento de Badajoz
1.800,00 €
er
3 Premio Cajalmendralejo– artista extremeño
1.200,00 €
4.º Premio Ayuntamiento de Badajoz
750,00 €
5.º Premio Cajalmendralejo
600,00 €
5 Accésit Ayuntamiento de Badajoz
150,00 € c/u.
Al Premio Cajalmendralejo – artista extremeño podrán acceder los participantes nacidos o residentes en Extremadura
siempre que la obra no hubiera conseguido uno de los anteriores premios en esta convocatoria.
La cuantía de los premios estará sujeta a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre tal importe las retenciones
legalmente establecidas. Serán por cuenta de los premiados todos los impuestos que graven la percepción de los premios
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 8 DE JULIO DE 2025 DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ,
POR LA QUE SE CONVOCA EL XXVI CONCURSO DE PINTURA AL AIRE LIBRE CIUDAD DE BADAJOZ 2025
BDNS (Identif.): 845633
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/845633)
Primero.- Objeto.
El objeto de esta convocatoria es potenciar la creación artística, contribuir al dinamismo del sector cultural y reconocer la
labor desarrollada por autores con el propósito de fomentar, conservar, promocionar y ensalzar la cultura.
La concesión del premio se realizará en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP, número 21 de fecha 2 de
febrero de 2009.
Cuarto.- Destinatarios
Esta convocatoria está dirigida a autores de cualquier nacionalidad o residencia, mayores de 18 años.
Quinto.- Tema, técnica y formato.
El tema será cualquier motivo (plaza, rincón, panorámica, etc.) del recorrido expreso en el plano que se facilitará con el
sellado del soporte. No se admiten modelos previos (bocetos, esquemas o fotografías).
La técnica pictórica es libre. El soporte deberá ser rígido (lienzo, tablero, etc.), de 65 cm. como mínimo y 200 cm., como
máximo por cada uno de sus lados. Cada participante aportará caballete y el soporte blanco o con color base, sin textura. En
caso de deterioro podrá sellarse un segundo soporte, entregando el deteriorado y deberá ir provisto del material necesario
para desarrollar su obra. Además, deberá hacerse responsable de la recogida de los eventuales residuos generados durante
el desarrollo de la actividad.
Sexto.- Premios.
Se establecen los siguientes premios:
1er Premio Ayuntamiento de Badajoz
2.100,00 €
2.º Premio Ayuntamiento de Badajoz
1.800,00 €
er
3 Premio Cajalmendralejo– artista extremeño
1.200,00 €
4.º Premio Ayuntamiento de Badajoz
750,00 €
5.º Premio Cajalmendralejo
600,00 €
5 Accésit Ayuntamiento de Badajoz
150,00 € c/u.
Al Premio Cajalmendralejo – artista extremeño podrán acceder los participantes nacidos o residentes en Extremadura
siempre que la obra no hubiera conseguido uno de los anteriores premios en esta convocatoria.
La cuantía de los premios estará sujeta a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre tal importe las retenciones
legalmente establecidas. Serán por cuenta de los premiados todos los impuestos que graven la percepción de los premios
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