Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03001/2025)
Extracto de la convocatoria de subvenciones con destino a los centros comerciales abiertos de Badajoz, para el desarrollo de actividades durante 2025
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Extracto de la convocatoria de subvenciones con destino a los centros comerciales abiertos de Badajoz, para el
desarrollo de actividades durante 2025

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 8 DE JULIO DE 2025, DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
BADAJOZ, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LOS CENTROS COMERCIALES
ABIERTOS DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DURANTE 2025
BDNS (Identif.): 845490
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/845490).
Primero. Beneficiarios: Centros comerciales abiertos del término municipal de Badajoz, que no incurran en ninguna de las
prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 LGS, siempre que dispongan de la estructura y medios necesarios para
llevar a cabo los proyectos o programas objeto de la convocatoria, y que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:
Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar, estando debidamente constituidos con fecha anterior al inicio del plazo de
presentación de solicitudes.
Gestionar y realizar de forma directa los proyectos subvencionados.
Que al menos el 40% de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al
por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes) y 65 (comercio al por
menos de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) del Impuesto de Actividades
Económicas.
Haber presentado la solicitud dentro del plazo señalado en la presente convocatoria, así como la justificación de otras
ayudas recibidas con anterioridad para fines análogos.
Segundo. Objeto. Las subvenciones concedidas tendrán por objeto la financiación de acciones, programas o proyectos
concretos de apoyo al desarrollo del sector comercial propuestos por el solicitante y aceptados por el Ayuntamiento, con el
objetivo de favorecer el crecimiento económico de Badajoz y dinamizar el pequeño comercio.
Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de
Badajoz, el día 2 de febrero de 2009:
http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02.
Cuarto. Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total máxima de 30.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este
extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo I de la convocatoria, que será facilitado por
la Delegación de Comercio y podrán presentarse, de forma telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Badajoz
(https://sede.aytobadajoz.es), así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se
refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, regulado en los artículos 14 y 16.4 de la citada Ley, y deberán ir acompañadas, entre otros, del Proyecto a ejecutar
y presupuesto.
Los proyectos subvencionados deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
El plazo máximo para presentar la justificación será el 31 de diciembre de 2025. Este plazo no podrá ser ampliado en ningún
caso.
Podrán efectuarse pagos anticipados de la subvención, hasta un 50% de la cantidad concedida, tras la aceptación de la
resolución de concesión.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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