Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (02999/2025)
Aprobación inicial del inventario de bienes y derechos del Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad Urbanística -RESTAURA-, anualidad 2024
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
Badajoz
Anuncio 2999/2025
Aprobación inicial del inventario de bienes y derechos del Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad
Urbanística -RESTAURA-, anualidad 2024

Considerando que según lo establecido en el artículo 86 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, así como lo previsto en los apartados 1 y 4 del
artículo 32 de la ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, las entidades locales están obligadas a
inventariar los bienes y derechos que les pertenecen.
Considerando que según lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 1732/1986, el Pleno de la Corporación será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya
formado, su rectificación y comprobación.
Considerando que según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas,
lo previsto en el artículo 85 del TR de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, así como en el artículo
36 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, las corporaciones locales deberán inscribir en el Registro de la
Propiedad, sus bienes inmuebles y derechos reales, de acuerdo con lo previsto en la legislación hipotecaria, siendo título
suficiente para tal efecto, la certificación que con relación al inventario aprobado, expida el Secretario con el visto bueno del
Presidente.
Considerando lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, resulta conveniente exponer al público el expediente del inventario, a fin de que tener una
información de los bienes que se relacionan y se puedan formular alegaciones que ayuden a depurar -en su caso- los datos,
o pongan de manifiesto cualquier omisión o circunstancia que sea oportuno tener en cuenta.
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2025, el
proyecto de inventario del Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad Urbanística -RESTAURA-, se abre un
período de información pública por plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de inserción de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, para que cualquier interesado pueda examinar el expediente y formular las
reclamaciones y sugerencias que estime pertinentes. Si no se presentaran reclamaciones en ese período, se entenderá
aprobado definitivamente.
Posteriormente deberá remitirse el expediente completo a la Subdelegación del Gobierno, a efectos de dar cumplimiento a
lo establecido en el artículo 86 del TRRL y el artículo 32 del RBEL, proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad de
los Bienes y Derechos, cualquiera que sea su naturaleza que no estén inscritos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36
del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, para lo que se remitirá al Registro una certificación del Secretario, en
relación con el inventario aprobado.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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