Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (01593/2025)
Extracto de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 1593/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Badajoz
Anuncio 1593/2025
Extracto de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de
personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad
nivel 3, 2025
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LAS BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN
UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3, DURANTE
EL AÑO 2025
BDNS (IDENTIF.): 829116
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829116).
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que emprendan o hayan emprendido nuevas iniciativas
empresariales, a ubicar o ubicadas en la provincia de Badajoz, y que cumplan los siguientes requisitos:
1. Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir
del 9 de abril de 2024 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
2. No haber ejercido una actividad económica como persona trabajadora autónoma durante un año antes de
la fecha del alta a la que se refiere el punto anterior.
3. No haber obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para la misma finalidad.
4. Tener menos de 36 años, en la fecha de presentación de su solicitud.
5. Estar en posesión de una titulación universitaria, de formación profesional de grado superior o de un
certificado de profesionalidad de nivel 3, en la fecha de presentación de su solicitud.
6. Estar empadronada/o en algún municipio de la provincia de Badajoz.
7. Tener domicilio fiscal en la provincia de Badajoz, a fecha de la solicitud.
8. No estar incursa/o en la prohibición para obtener la condición de beneficiaria/o a que se refiere el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria regular, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta Diputación, la
concesión de subvenciones para el emprendimiento o la consolidación de nuevas iniciativas empresariales en la provincia de
Badajoz, por parte de personas jóvenes empadronadas en esta provincia, con titulación universitaria o en formación
profesional de grado superior, o, alternativamente, con certificado de profesionalidad nivel 3.
Tercero.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 250.000,00 euros, e irán
imputadas a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 19/4330/77000/0800, del ejercicio
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad
nivel 3, 2025
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LAS BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN
UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3, DURANTE
EL AÑO 2025
BDNS (IDENTIF.): 829116
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829116).
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que emprendan o hayan emprendido nuevas iniciativas
empresariales, a ubicar o ubicadas en la provincia de Badajoz, y que cumplan los siguientes requisitos:
1. Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir
del 9 de abril de 2024 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
2. No haber ejercido una actividad económica como persona trabajadora autónoma durante un año antes de
la fecha del alta a la que se refiere el punto anterior.
3. No haber obtenido en el pasado otras subvenciones de Diputación para la misma finalidad.
4. Tener menos de 36 años, en la fecha de presentación de su solicitud.
5. Estar en posesión de una titulación universitaria, de formación profesional de grado superior o de un
certificado de profesionalidad de nivel 3, en la fecha de presentación de su solicitud.
6. Estar empadronada/o en algún municipio de la provincia de Badajoz.
7. Tener domicilio fiscal en la provincia de Badajoz, a fecha de la solicitud.
8. No estar incursa/o en la prohibición para obtener la condición de beneficiaria/o a que se refiere el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria regular, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta Diputación, la
concesión de subvenciones para el emprendimiento o la consolidación de nuevas iniciativas empresariales en la provincia de
Badajoz, por parte de personas jóvenes empadronadas en esta provincia, con titulación universitaria o en formación
profesional de grado superior, o, alternativamente, con certificado de profesionalidad nivel 3.
Tercero.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 250.000,00 euros, e irán
imputadas a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 19/4330/77000/0800, del ejercicio
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