Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (01354/2025)
Decreto de convocatoria del Plan "Diputación Contigo" de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2025
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 1354/2025
En este sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento ordinario de
concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva. No obstante, las bases reguladoras de la subvención
podrán exceptuar del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos
establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de
solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación. Y según lo dispuesto en la base de ejecución presupuestaria 2025
número 33, en su apartado A) 3.1, en referencia a los procedimientos de concesión de subvenciones, se denominará
concurrencia no competitiva si las bases no establecen orden de prelación entre las solicitudes, predeterminando las
mismas un reparto previo, por lo que el procedimiento que se desarrollará para la concesión de estas subvenciones será el
de concurrencia no competitiva.
Vista la propuesta del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, para la aprobación de unas bases
específicas, que regulen la convocatoria y concesión de subvenciones para la financiación de las actuaciones, enmarcadas
dentro de la nueva convocatoria del Plan "Diputación Contigo" y que constituirán la normativa específica por las que se rija
la convocatoria.
Considerando las competencias otorgadas por la legislación vigente y aquellas que ostento por delegación (decreto de
10/4/2024, BOP 11/4/2024), conforme al artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones que financian
actuaciones de inversiones en obras y equipamientos, así como gastos de personal y otros gastos corrientes
que, entre otros fines, permitan consolidar la recuperación de la actividad económica y poner a disposición de
las entidades locales de la provincia los recursos necesarios para afrontar la culminación y/o inicio de nuevos
proyectos que coadyuven la lucha activa contra la despoblación y la generación de oportunidades en el
mundo rural al amparo de una nueva convocatoria del Plan "Diputación Contigo", por importe de 12 millones
de euros, como aportación provincial, y sus anexos, siendo el procedimiento a utilizar para la concesión el de
concurrencia no competitiva.
Segundo.- Aprobar la convocatoria ordinaria del Plan "Diputación Contigo", que desarrolla el procedimiento
de concesión de subvenciones, para la financiación de actuaciones relativas a empleo y otros gastos de
naturaleza corriente, así como inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales, en régimen
de concurrencia no competitiva.
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática, mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Anexo 2: Solicitud de participación, declaración responsable y propuesta de actuaciones dentro del
Plan "Diputación Contigo 2025".
Anexo 3: Explicación detallada de las actuaciones propuestas.
Anexo 4: Comunicación de modificación de las actuaciones.
Anexo 5: Solicitud de modificación del plazo de ejecución y pago de las actuaciones.
Anexo 6: Solicitud prórroga del plazo de justificación.
Anexo 7: Certificado de justificación de subvención. Inversiones en obras y equipamientos.
Anexo 8: Certificado de justificación de la subvención. Empleo y gastos corrientes.
Anexo 9: Remisión de documentación para la justificación en inversiones en obras y equipamientos.
Anexo 10: Remisión de documentación para la justificación de la subvención en concepto de empleo y
otros gastos corrientes.
Anexo 11: Aceptación de los requisitos de la cuenta justificativa simple para actuaciones de importe
igual o superior a 60.000,00 euros.
Anexo 12: Indicadores de resultado y actividad e identificación de los objetivos de desarrollo sostenible
con las actuaciones desarrolladas.
Cuarto.- Aprobar el gasto en la cuantía de la aportación provincial al presente Plan, por importe de
12.000.000,00 euros.
Quinto.- Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la BDNS, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 40
Anuncio 1354/2025
En este sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento ordinario de
concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva. No obstante, las bases reguladoras de la subvención
podrán exceptuar del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos
establecidos para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de
solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación. Y según lo dispuesto en la base de ejecución presupuestaria 2025
número 33, en su apartado A) 3.1, en referencia a los procedimientos de concesión de subvenciones, se denominará
concurrencia no competitiva si las bases no establecen orden de prelación entre las solicitudes, predeterminando las
mismas un reparto previo, por lo que el procedimiento que se desarrollará para la concesión de estas subvenciones será el
de concurrencia no competitiva.
Vista la propuesta del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, para la aprobación de unas bases
específicas, que regulen la convocatoria y concesión de subvenciones para la financiación de las actuaciones, enmarcadas
dentro de la nueva convocatoria del Plan "Diputación Contigo" y que constituirán la normativa específica por las que se rija
la convocatoria.
Considerando las competencias otorgadas por la legislación vigente y aquellas que ostento por delegación (decreto de
10/4/2024, BOP 11/4/2024), conforme al artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones que financian
actuaciones de inversiones en obras y equipamientos, así como gastos de personal y otros gastos corrientes
que, entre otros fines, permitan consolidar la recuperación de la actividad económica y poner a disposición de
las entidades locales de la provincia los recursos necesarios para afrontar la culminación y/o inicio de nuevos
proyectos que coadyuven la lucha activa contra la despoblación y la generación de oportunidades en el
mundo rural al amparo de una nueva convocatoria del Plan "Diputación Contigo", por importe de 12 millones
de euros, como aportación provincial, y sus anexos, siendo el procedimiento a utilizar para la concesión el de
concurrencia no competitiva.
Segundo.- Aprobar la convocatoria ordinaria del Plan "Diputación Contigo", que desarrolla el procedimiento
de concesión de subvenciones, para la financiación de actuaciones relativas a empleo y otros gastos de
naturaleza corriente, así como inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales, en régimen
de concurrencia no competitiva.
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática, mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Anexo 2: Solicitud de participación, declaración responsable y propuesta de actuaciones dentro del
Plan "Diputación Contigo 2025".
Anexo 3: Explicación detallada de las actuaciones propuestas.
Anexo 4: Comunicación de modificación de las actuaciones.
Anexo 5: Solicitud de modificación del plazo de ejecución y pago de las actuaciones.
Anexo 6: Solicitud prórroga del plazo de justificación.
Anexo 7: Certificado de justificación de subvención. Inversiones en obras y equipamientos.
Anexo 8: Certificado de justificación de la subvención. Empleo y gastos corrientes.
Anexo 9: Remisión de documentación para la justificación en inversiones en obras y equipamientos.
Anexo 10: Remisión de documentación para la justificación de la subvención en concepto de empleo y
otros gastos corrientes.
Anexo 11: Aceptación de los requisitos de la cuenta justificativa simple para actuaciones de importe
igual o superior a 60.000,00 euros.
Anexo 12: Indicadores de resultado y actividad e identificación de los objetivos de desarrollo sostenible
con las actuaciones desarrolladas.
Cuarto.- Aprobar el gasto en la cuantía de la aportación provincial al presente Plan, por importe de
12.000.000,00 euros.
Quinto.- Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la BDNS, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 40