Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehornillos. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (01594/2025)
Aprobación de las bases reguladoras del concurso-oposición restringido para acceso a la condición de funcionario del personal laboral del Ayuntamiento de Valdehornillos
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valdehornillos
Anuncio 1594/2025
supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal del Ayuntamiento de
Valdehornillos, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde a cada
participante el análisis del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el mismo
constan los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de
participación en el proceso selectivo.
En todo caso, el Ayuntamiento de Valdehornillos confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a la fecha
de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que presten servicios en dicha
administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
El Alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto en el plazo de un mes a contar desde la terminación de los
veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (y en los demás lugares
que sea procedente). Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el
plazo de un mes. Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido. En el acto de toma de posesión, el/la aspirante
nombrado/a deberá prestar juramento o promesa, de acuerdo con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de
abril.
La plaza de personal laboral que queda vacía como consecuencia de la funcionarización del personal laboral que la cubría
queda amortizada de manera automática.
La bolsa de empleo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la página web municipal.
Octava. Retribuciones.
En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las
consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal venía desempeñando.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionarla contratación y las listas de espera que genera la
convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que
dicha información se utilice a tales efectos. El Ayuntamiento de Valdehornillos, como responsable del fichero mencionado,
garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su
consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a sus
datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley orgánica citada,
mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Valdehornillos, plaza de España, 1, CP 06410, Valdehornillos (Badajoz).
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos,
estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
Décima. Incidencias.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por los
interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, dentro del plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 12
Anuncio 1594/2025
supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal del Ayuntamiento de
Valdehornillos, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde a cada
participante el análisis del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el mismo
constan los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de
participación en el proceso selectivo.
En todo caso, el Ayuntamiento de Valdehornillos confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a la fecha
de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que presten servicios en dicha
administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
El Alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto en el plazo de un mes a contar desde la terminación de los
veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (y en los demás lugares
que sea procedente). Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el
plazo de un mes. Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido. En el acto de toma de posesión, el/la aspirante
nombrado/a deberá prestar juramento o promesa, de acuerdo con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de
abril.
La plaza de personal laboral que queda vacía como consecuencia de la funcionarización del personal laboral que la cubría
queda amortizada de manera automática.
La bolsa de empleo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la página web municipal.
Octava. Retribuciones.
En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las
consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal venía desempeñando.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionarla contratación y las listas de espera que genera la
convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que
dicha información se utilice a tales efectos. El Ayuntamiento de Valdehornillos, como responsable del fichero mencionado,
garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su
consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a sus
datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley orgánica citada,
mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Valdehornillos, plaza de España, 1, CP 06410, Valdehornillos (Badajoz).
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos,
estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
Décima. Incidencias.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por los
interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, dentro del plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 12