Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01556/2025)
Extracto de la convocatoria de subvenciones en especie de la Diputación de Badajoz para Ayuntamientos de la provincia en el marco del "Proyecto Nubeteca" (2025-2028)
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 1556/2025

11 3321 46201 0400 / 11 3321 46801 0400 ______ 20.000,00 euros
11 3321 76201 0400 / 11 3321 76801 0400 ______ 40.000,00 euros
Ejercicio 2027
11 3321 46201 0400 / 11 3321 46801 0400 ______ 20.000,00 euros
11 3321 76201 0400 / 11 3321 76801 0400 ______ 40.000,00 euros
Ejercicio 2028
Cuarto.- Solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud se formalizará en la sede electrónica de Diputación de Badajoz y deberá contener la firma electrónica requerida
por la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de
Badajoz y sus entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021) y se acompañará de todos los
documentos que determina esta convocatoria.
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación
de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio. En el supuesto de que se
produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de Badajoz, debidamente acreditada por este,
que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo establecido para ello, el centro
gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para ello, una vez subsanada la
incidencia, a la mayor brevedad posible y, en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá
realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
Quinto.- Naturaleza de la subvención.
Las subvenciones reguladas por estas bases, tienen la consideración de ayudas en especie, tal y como recoge la disposición
adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio.
Por tanto, la concesión de subvención y la condición de beneficiario no supondrá derecho alguno de cobro, sino la condición
de beneficiario de unos servicios subvencionados, contratados previamente por la Diputación de Badajoz con la intención de
otorgarlos a las entidades beneficiarias de la presente convocatoria.
Por lo anterior, esta subvención no permite la concurrencia con otras ayudas y subvenciones del mismo objeto, en el mismo
periodo de disfrute del servicio previsto en la presente convocatoria, para programas de otras administraciones públicas con
la misma finalidad.
Igualmente decae la consideración de los pagos anticipados.
Sexto.- Criterios de valoración.
Los criterios de valoración recogidos en las bases para la selección de localidades serán: gastos realizados en la biblioteca,
ratio de volúmenes por habitante de cada población, antigüedad de la biblioteca, cualificación profesional, antigüedad y
número de personas que trabajan en la misma, espacio físico de la biblioteca, presencia en red, ratio existente entre el
préstamo digital y los habitantes del municipio a través de la plataforma de la Diputación y formación específica recibida
desde la Diputación por el personal adscrito a la biblioteca en los últimos cinco años.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD El Diputado Delegado de Cultura, Deporte y Juventud (Decreto
10/04/2024, BOP 11/04/2024), Ricardo Cabezas Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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