Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01550/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de seis plazas vacantes de personal laboral fijo, de Auxiliar Administrativo, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO

Anuncio 1550/2025

abono (autoliquidación modelo 40) y/o documentos para la justificación, en su caso, de la exención,
bonificación (título de familia numerosa "categoría general") o situación de desempleo (informe de vida
laboral).
- Las personas que acrediten discapacidad y soliciten adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios
en el proceso selectivo, aportarán certificado acreditativo expedido por la administración competente de
tener una discapacidad igual o superior al 33% y el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico
competente de calificación del grado de discapacidad.
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará en mayúsculas,
con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del justificante de entrada en
registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas aspirantes que han
superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso. En el caso de méritos que ya figuren en el expediente personal, éstos serán recabados de oficio
por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, y aportados al Tribunal de Selección para su valoración.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en su caso, se
realizará por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, mediante el trámite
habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la Ordenanza reguladora del procedimiento
administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al
expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente
firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial
de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o
solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica
la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Las personas aspirantes con discapacidad, que precisen adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo
en la instancia concretando la adaptación que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. Deberán aportar junto a la
misma certificado acreditativo expedido por la administración competente de tener una discapacidad igual o superior al
33%. El Tribunal de selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan,
concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se
tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del
nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el
formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de la aspirante para las
funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes bases.
Asimismo, en su caso, la administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura,
CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y
funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» emitido
por el servicio de prevención y salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Vicepresidencia del Consorcio dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación deberá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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