Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01550/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de seis plazas vacantes de personal laboral fijo, de Auxiliar Administrativo, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO
Anuncio 1550/2025
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se
adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez
superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o del
certificado de estudios primarios, Graduado Escolar o títulos de formación profesional de técnico auxiliar,
técnico o equivalentes, en virtud de la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante la Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia en su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período para la contratación del empleada/o
pública/o.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Tasas.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de examen por el importe que proceda, en
función de la situación que acredite la persona aspirante según la tabla explicativa que se indica en este apartado.
Exenciones y bonificaciones.
- Estarán exentas del pago de esta tasa quienes formen parte de familias numerosas que tengan reconocida
tal condición, clasificadas de "categoría especial".
- También estarán exentas las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o
parejas de hecho, así como sus hijas e hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición.
- Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias
numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Estas exenciones y bonificaciones deberán ser rogadas por la persona aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando
a la misma copia de la documentación requerida.
Tasa derecho examen subgrupo A2
Familia numerosa "categoría general" (50%)
Tarifa general
Tarifa desempleada/o
15,13 €
7,56 €
7,56 €
3,78 €
Familia numerosa "categoría especial"
Exentas
Víctima del terrorismo
Exentas
Quienes manifiesten encontrarse en situación de desempleo, a efectos de acogerse a la tarifa desempleado/a, deberán
acreditar dicha condición mediante la presentación de un informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se
adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez
superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o del
certificado de estudios primarios, Graduado Escolar o títulos de formación profesional de técnico auxiliar,
técnico o equivalentes, en virtud de la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante la Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia en su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período para la contratación del empleada/o
pública/o.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Tasas.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de examen por el importe que proceda, en
función de la situación que acredite la persona aspirante según la tabla explicativa que se indica en este apartado.
Exenciones y bonificaciones.
- Estarán exentas del pago de esta tasa quienes formen parte de familias numerosas que tengan reconocida
tal condición, clasificadas de "categoría especial".
- También estarán exentas las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o
parejas de hecho, así como sus hijas e hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición.
- Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias
numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Estas exenciones y bonificaciones deberán ser rogadas por la persona aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando
a la misma copia de la documentación requerida.
Tasa derecho examen subgrupo A2
Familia numerosa "categoría general" (50%)
Tarifa general
Tarifa desempleada/o
15,13 €
7,56 €
7,56 €
3,78 €
Familia numerosa "categoría especial"
Exentas
Víctima del terrorismo
Exentas
Quienes manifiesten encontrarse en situación de desempleo, a efectos de acogerse a la tarifa desempleado/a, deberán
acreditar dicha condición mediante la presentación de un informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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