Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01405/2025)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al Fomento del Turismo, 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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en este caso la casilla correspondiente dispuesta al efecto en el modelo de solicitud de subvención (anexo I),
debiendo aportar en este caso, junto con el resto de los documentos establecidos en estas bases, las
certificaciones acreditativas correspondientes.
i) En cuanto a la acreditación por los beneficiarios del cumplimiento del resto de obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la LGS lo realizarán mediante la presentación de la declaración responsable conforme al
anexo II, que debe acompañar a sus solicitudes.
2. En el caso de asociaciones, federaciones y otras entidades sin fines de lucro de la provincia de Badajoz que deseen
concurrir a la presente convocatoria, además de los establecidos en los apartados b) a i) del punto 1 anterior:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en un registro de asociaciones/federaciones y otras entidades sin
ánimo de lucro de la Junta de Extremadura a fecha de publicación de esta convocatoria.
b) Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener su sede o delegación permanente en la provincia de
Badajoz, y que dicha sede se encuentre contemplada en sus estatutos o acreditada mediante certificación.
c) Carecer de ánimo de lucro.
d) Entidades con ámbito de actuación en la provincia de Badajoz, y en cuyos estatutos figure entre sus fines, la
realización de actividades que contribuyan al desarrollo turístico de la Provincia.
e) No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 13.3 de
la LGS.
Base 4. Solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante que deberá ser ejecutado durante el ejercicio 2025 y con
la duración que se estipule en el mismo.
En caso de que una entidad presentara más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la que haya tenido entrada en
Diputación en primera instancia, inadmitiéndose las demás, salvo que estas tengan por objeto la subsanación de las
presentadas con anterioridad.
La solicitud, acompañada del resto de documentación requerida en las presentes bases, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de
la Excma. Diputación de Badajoz y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se tramitarán exclusivamente a través de la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz, medio de tramitación electrónica que también será obligatorio en todas las fases
posteriores del procedimiento
La presentación de solicitudes a través de la sede, ubicada en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección
electrónica https://sede.dip-badajoz.es, podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo
establecido.
En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación, debidamente
acreditada, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo establecido para ello, el
centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para ello, una vez subsanada la
incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se reinicie el plazo de presentación de solicitudes,
deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo conforme al artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día del plazo inicialmente establecido de presentación
de solicitudes.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de
la misma, y los pasos a seguir para realizar el acceso son los siguientes:
Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
Seleccionar trámites entidades locales y AAPP (o trámites ciudadanos y empresas, en el caso de asociaciones,
federaciones y otras entidades sin fines de lucro).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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