Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01538/2025)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de suministro, abastecimiento, distribución domiciliaria de agua potable y de la tasa por el tratamiento y depuración de aguas residuales 2025
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Ayuntamiento de Calamonte
Anuncio 1538/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calamonte
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 1538/2025
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de suministro,
abastecimiento, distribución domiciliaria de agua potable y de la tasa por el tratamiento y depuración de aguas
residuales 2025
EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO, ABASTECIMIENTO, DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE, Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (EJERCICIO 2025)
Se hace saber que, se ha elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de esta Corporación, de 28 de enero de 2025, aprobando
la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora la tasa por prestación del servicio de suministro, abastecimiento,
distribución domiciliaria de agua potable, y de la tasa por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas
residuales (ejercicio 2025), al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, y cuyo texto
íntegro, referido a dicha modificación, se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO/ABASTECIMIENTO/DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE, Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Con fecha, 4 de diciembre de 2024 (registro de entrada número 6781), por la concesionaria del servicio FCC Aqualia, SA, se
presentó escrito con la petición de modificación propuesta, acompañada de estudio justificativo, y según establece la
cláusula decimotercera del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige esta concesión.
Visto el informe técnico económico y de Secretaría que obra en el expediente, se propone la siguiente modificación de la
tarifa.
Artículo 6.- Cuota tributaria.
La cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:
Cuota año 2024 (euros)
Cuota año 2025 (euros)
32,4459
31,1430
€/m
1,5450
1,4830
€/cliente/trimestre
4,8764
4,6806
0,3953
0,3794
3
Abastecimiento cuota fija (mínimo de 21 m ) €/cliente/trimestre
3
Abastecimiento cuota variable >21 m /trim
Depuración cuota fija
3
Depuración cuota variable >21 m /trim
3
3
€/m
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
En Calamonte, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Dolores María Enrique Jiménez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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abastecimiento, distribución domiciliaria de agua potable y de la tasa por el tratamiento y depuración de aguas
residuales 2025
EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO, ABASTECIMIENTO, DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE, Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (EJERCICIO 2025)
Se hace saber que, se ha elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de esta Corporación, de 28 de enero de 2025, aprobando
la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora la tasa por prestación del servicio de suministro, abastecimiento,
distribución domiciliaria de agua potable, y de la tasa por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas
residuales (ejercicio 2025), al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, y cuyo texto
íntegro, referido a dicha modificación, se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO/ABASTECIMIENTO/DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE, Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Con fecha, 4 de diciembre de 2024 (registro de entrada número 6781), por la concesionaria del servicio FCC Aqualia, SA, se
presentó escrito con la petición de modificación propuesta, acompañada de estudio justificativo, y según establece la
cláusula decimotercera del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige esta concesión.
Visto el informe técnico económico y de Secretaría que obra en el expediente, se propone la siguiente modificación de la
tarifa.
Artículo 6.- Cuota tributaria.
La cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:
Cuota año 2024 (euros)
Cuota año 2025 (euros)
32,4459
31,1430
€/m
1,5450
1,4830
€/cliente/trimestre
4,8764
4,6806
0,3953
0,3794
3
Abastecimiento cuota fija (mínimo de 21 m ) €/cliente/trimestre
3
Abastecimiento cuota variable >21 m /trim
Depuración cuota fija
3
Depuración cuota variable >21 m /trim
3
3
€/m
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
En Calamonte, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Dolores María Enrique Jiménez.
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