Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01427/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1427/2022
Padrón Municipal de un año a la finalización del plazo de presentación, se otorgarán 0,50
puntos. Hasta un máximo de 1 punto.
La valoración de este apartado será incompatible con la del cuidado de hijo, prevista en el apartado 4.b). Se
acreditará documentalmente la circunstancia mediante certificación expedida por el órgano competente
acreditativa de los extremos anteriormente indicados.
La puntuación total del apartado 4 "Por agrupación / conciliación de la vida laboral y familiar" será de 4
puntos.
Séptima.- Calificación definitiva, relación de seleccionados, y presentación de documentos.
1.º.- Calificación definitiva: La calificación definitiva de los aspirantes vendrá dada por la suma de todos los
puntos obtenidos por aplicación de la base sexta de esta convocatoria, determinándose, así, el orden de
calificación definitiva.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se utilizarán como criterios, para resolver los sucesivos
empates que pudieran producirse, la mayor puntuación obtenida en los apartados que se detalla en el orden
de prelación indicado: Experiencia profesional, formación, agrupación / conciliación vida familiar y laboral,
titulaciones académicas. Si, tras aplicar sucesivamente estos criterios, persistiese el empate se resolverá en
favor de aquella persona que mayor puntuación obtenga aplicando los criterios de valoración sin límite
máximo de puntos por cada criterio y en el mismo orden anterior. Por último y de persistir el empate, se dará
preferencia a la persona del sexo con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en
Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Serán seleccionados los aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el
número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria, que es de una.
2.º.- Relación de persona seleccionada: Terminada la calificación, el Tribunal publicará un anuncio que
contendrá a la persona seleccionada y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente para que formule la
propuesta de nombramiento como personal funcionarios de carrera.
3.º.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su nombramiento estará obligada a presentar,
dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de la persona
seleccionada, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria.
En todo caso, será imprescindible presentar certificación de la entidad local de la que dependan, acreditando
su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El requisito de cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, se acreditará con la superación de un reconocimiento médico que se realizará
por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este Ayuntamiento.
Si la persona seleccionada no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en
la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor de las siguientes personas
aspirantes que hubiera obtenido mayor puntuación y tuvieran cabida en el número de plazas convocadas, a
consecuencia de la referida anulación.
Octava.- Nombramiento, y toma de posesión.
1.º.- Nombramiento definitivo. El Señor Alcalde-Presidente dictará resolución nombrando personal
funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose en el "Diario Oficial de Extremadura".
2.º.- Toma de posesión. La persona nombrada funcionaria de carrera deberá tomar posesión de su cargo en
el plazo máximo de 15 días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas
todas las actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, la nombrada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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puntos. Hasta un máximo de 1 punto.
La valoración de este apartado será incompatible con la del cuidado de hijo, prevista en el apartado 4.b). Se
acreditará documentalmente la circunstancia mediante certificación expedida por el órgano competente
acreditativa de los extremos anteriormente indicados.
La puntuación total del apartado 4 "Por agrupación / conciliación de la vida laboral y familiar" será de 4
puntos.
Séptima.- Calificación definitiva, relación de seleccionados, y presentación de documentos.
1.º.- Calificación definitiva: La calificación definitiva de los aspirantes vendrá dada por la suma de todos los
puntos obtenidos por aplicación de la base sexta de esta convocatoria, determinándose, así, el orden de
calificación definitiva.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se utilizarán como criterios, para resolver los sucesivos
empates que pudieran producirse, la mayor puntuación obtenida en los apartados que se detalla en el orden
de prelación indicado: Experiencia profesional, formación, agrupación / conciliación vida familiar y laboral,
titulaciones académicas. Si, tras aplicar sucesivamente estos criterios, persistiese el empate se resolverá en
favor de aquella persona que mayor puntuación obtenga aplicando los criterios de valoración sin límite
máximo de puntos por cada criterio y en el mismo orden anterior. Por último y de persistir el empate, se dará
preferencia a la persona del sexo con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en
Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Serán seleccionados los aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el
número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria, que es de una.
2.º.- Relación de persona seleccionada: Terminada la calificación, el Tribunal publicará un anuncio que
contendrá a la persona seleccionada y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente para que formule la
propuesta de nombramiento como personal funcionarios de carrera.
3.º.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su nombramiento estará obligada a presentar,
dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de la persona
seleccionada, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria.
En todo caso, será imprescindible presentar certificación de la entidad local de la que dependan, acreditando
su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El requisito de cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, se acreditará con la superación de un reconocimiento médico que se realizará
por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este Ayuntamiento.
Si la persona seleccionada no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en
la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor de las siguientes personas
aspirantes que hubiera obtenido mayor puntuación y tuvieran cabida en el número de plazas convocadas, a
consecuencia de la referida anulación.
Octava.- Nombramiento, y toma de posesión.
1.º.- Nombramiento definitivo. El Señor Alcalde-Presidente dictará resolución nombrando personal
funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose en el "Diario Oficial de Extremadura".
2.º.- Toma de posesión. La persona nombrada funcionaria de carrera deberá tomar posesión de su cargo en
el plazo máximo de 15 días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas
todas las actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, la nombrada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
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