Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (4092/2020)
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Anuncio 4092/2020
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
Anuncio 4092/2020
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público por instalación de
puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico
APROBACIÓN INICIAL LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO POR
INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTAS, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, INDUSTRIAS
CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO.
Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal ordenanza municipal reguladora de la tasa por ocupación del dominio
público por instalación de puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y
ambulantes y rodaje cinematográfico del Ayuntamiento de Orellana la Vieja, por Acuerdo del Plenode fecha 05/10/2020, de
conformidad con los artículos 49 y 70, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a contar desde
día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a
disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento: https://orellanalavieja.sedelectronica.es/info.0
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de
modificación de la mencionada Ordenanza.
Orellana la Vieja, 6 de octubre de 2020.- El Alcalde, Cayetano Ramos Sierra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público por instalación de
puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico
APROBACIÓN INICIAL LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO POR
INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTAS, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, INDUSTRIAS
CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO.
Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal ordenanza municipal reguladora de la tasa por ocupación del dominio
público por instalación de puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y
ambulantes y rodaje cinematográfico del Ayuntamiento de Orellana la Vieja, por Acuerdo del Plenode fecha 05/10/2020, de
conformidad con los artículos 49 y 70, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a contar desde
día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a
disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento: https://orellanalavieja.sedelectronica.es/info.0
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de
modificación de la mencionada Ordenanza.
Orellana la Vieja, 6 de octubre de 2020.- El Alcalde, Cayetano Ramos Sierra.
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