Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Delegación de Concertación y Participación Territorial (Badajoz). (4043/2020)
Aprobación definitiva de la Ordenanza de seguridad y convivencia ciudadana
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 4043/2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hernán Cortés
Hernán Cortés (Badajoz)
Anuncio 4043/2020
Aprobación definitiva de la Ordenanza de seguridad y convivencia ciudadana

APROBACIÓN DEFINITIVA DE ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia
ciudadana, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE
HERNÁN CORTÉS
ÍNDICE:
Preámbulo.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Capítulo I. Finalidad, fundamentos legales y ámbito de aplicación.
Artículo 1. Finalidad de la Ordenanza.
Artículo 2. Fundamentos legales.
Artículo 3. Ámbitos de aplicación material y territorial.
Artículo 4. Ámbito de aplicación subjetiva.
Artículo 5. Competencia municipal.
Capítulo II. Derechos, deberes y fomento de la convivencia ciudadana y del civismo.
Artículo 6. Normas generales de convivencia ciudadana y civismo.
Artículo 7. Fomento de la convivencia ciudadana y del civismo.

TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA EN ESPACIOS PÚBLICOS.
Capítulo I. Degradación visual del entorno.
Artículo 8. Fundamento de la regulación.
SECCIÓN 1.ª. Conductas relacionadas con todo tipo de pintadas y otras expresiones gráficas.
Artículo 9. Normas de conducta.
Artículo 10. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 11. Intervenciones específicas.
SECCIÓN 2.ª. Pancartas, carteles, adhesivos y otros elementos similares
Artículo 12. Normas de conducta.
Artículo 13. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 14. Intervenciones específicas.
Capítulo II. Limpieza de la red viaria y de otros espacios libres.
Artículo 15. Fundamento de la regulación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 46