Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2340/2020)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 2340/2020

Capítulo I. Disposiciones procedimentales comunes
Artículo 101. Procedimiento sancionador y garantías procedimentales
Artículo 102. Actuaciones previas
Artículo 103. Competencia
Artículo 104. Procedimiento sancionador ordinario
Iniciación del procedimiento.
Prueba.
Propuesta de resolución.
Resolución sancionadora.
Artículo 105. Procedimiento sancionador simplificado y abreviado
Artículo 106. Formulación de denuncias voluntarias y obligatorias
Artículo 107. Deber de Colaboración
Artículo 108. Elementos probatorios de los agentes de la autoridad
Artículo 109. Medidas provisionales
Artículo 110. Intervención y decomiso
Artículo 111. Medidas de aplicación en personas infractoras no residentes en el término municipal
Capítulo II. Sujetos responsables
Artículo 112. Sujetos responsables
Artículo 113. Responsabilidad solidaria
Artículo 114. Sustitución de sanciones por actividades de carácter cívico
Artículo 115. Protección y responsabilidad de los menores de edad
Capítulo III. Infracciones y sanciones
Artículo 116. Clasificación de las infracciones
Artículo 117. Límites de las sanciones económicas
Artículo 118. Graduación de las sanciones
Artículo 119. Normas concursales
Artículo 120. Reconocimiento de la infracción y pago
Artículo 121. Prescripción de infracciones y sanciones
Capítulo IV. Otras disposiciones comunes
Artículo 122. Resarcimiento de daños y perjuicios
Artículo 123. Apreciación de delito o falta
Artículo 124. Medidas de policía administrativa directa
Disposición adicional primera.
Disposición adicional segunda. Igualdad de género.
Disposición transitoria única. Procedimientos sancionadores iniciados a la entrada en vigor de esta
Ordenanza.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Revisión de la Ordenanza.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
PREÁMBULO:
I
Las relaciones que mantienen los ciudadanos con la Administración Local son las más cercanas o próximas.
Esa inmediación que preside las relaciones de la colectividad con los entes locales hace posible que el
Ayuntamiento sea pleno conocedor de los problemas locales, entre los cuales se encuentra la adecuada
convivencia ciudadana en sus múltiples variantes.
La necesaria cohabitación en espacios públicos hace necesario arbitrar mecanismos, que regulen el
mantenimiento de las necesarias relaciones de vecindad, el aprovechamiento, uso y disfrute de los espacios
comunes, servicios públicos, infraestructuras y demás bienes muebles o inmuebles de titularidad municipal,
conjugándolos con la seguridad ciudadana, medioambiental, la tranquilidad y el uso pacífico de los mismos,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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