Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 1 (Badajoz). (2276/2020)
Citación ejecución de títulos judiciales 186/2019
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Juzgado de lo Social Número 1
Anuncio 2276/2020
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 2276/2020
Citación ejecución de títulos judiciales 186/2019
NIG: 06015 44 4 2019 0001749.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000186/2019.
DSP Despido/ceses en general 0000434 /2019.
Sobre ordinario.
Demandante: Don Alejandro Núñez Milara.
Abogado/a: Ester María Rivera Aullol.
Demandado/s: Fondo de garantía salarial Fogasa, Keril Energy S.L.
Abogado/a: Letrado de Fogasa.
Don José Maria Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000186/2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Alejandro Núñez Milara contra la empresa Keril Energy S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Alejandro Núñez Milara frente a
Keril Energy S.L., parte ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el
primer escrito o comparecencia ante el Órgano Judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados,
señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización
facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no
sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos
actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o
similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su
notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de
presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el
artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos
con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerdo y firmo.
La Magistrada-Juez.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a
cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la
intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Visto el estado de las actuaciones, y habiéndose despachado auto de ejecución de fecha 28 de enero de 2020, de
conformidad al artículo 280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes, con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de
prueba de que intenten valerse, y solicito al/a la Letrado de la Administración de Justicia encargado de la Agenda
Programada, día y hora para la celebración de la comparecencia, quien señala el próximo día 17/7/2020 a las 12:15 horas
para que tenga lugar.
De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud; si no lo hiciese el
empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Cítese para la comparecencia a la parte actora
Alejandro Núñez-Milara Gómez, con notificación de la presente resolución a su Letrado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4
Anuncio 2276/2020
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 1
Badajoz
Anuncio 2276/2020
Citación ejecución de títulos judiciales 186/2019
NIG: 06015 44 4 2019 0001749.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000186/2019.
DSP Despido/ceses en general 0000434 /2019.
Sobre ordinario.
Demandante: Don Alejandro Núñez Milara.
Abogado/a: Ester María Rivera Aullol.
Demandado/s: Fondo de garantía salarial Fogasa, Keril Energy S.L.
Abogado/a: Letrado de Fogasa.
Don José Maria Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz,
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000186/2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Alejandro Núñez Milara contra la empresa Keril Energy S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Alejandro Núñez Milara frente a
Keril Energy S.L., parte ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el
primer escrito o comparecencia ante el Órgano Judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados,
señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización
facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no
sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos
actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o
similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su
notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de
presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el
artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos
con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerdo y firmo.
La Magistrada-Juez.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a
cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la
intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Visto el estado de las actuaciones, y habiéndose despachado auto de ejecución de fecha 28 de enero de 2020, de
conformidad al artículo 280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes, con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de
prueba de que intenten valerse, y solicito al/a la Letrado de la Administración de Justicia encargado de la Agenda
Programada, día y hora para la celebración de la comparecencia, quien señala el próximo día 17/7/2020 a las 12:15 horas
para que tenga lugar.
De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud; si no lo hiciese el
empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Cítese para la comparecencia a la parte actora
Alejandro Núñez-Milara Gómez, con notificación de la presente resolución a su Letrado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4