Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (2067/2020)
Aprobación inicial de la modificación puntual 2/2017 (Nº 18)
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 2067/2020
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Navalvillar de Pela (Badajoz)
Anuncio 2067/2020
Aprobación inicial de la modificación puntual 2/2017 (Nº 18)
Aprobada inicialmente la modificación puntual 2/2017 (n.º 18), reducción retranqueo a linderos de las edificaciones en suelo
no urbanizable y aumento porcentaje ocupación de las edificaciones de utilidad pública e interés social en suelo no
urbanizable, de Mercoguadiana por acuerdo del Pleno de fecha 14 de enero de 2020, de conformidad con lo establecido en
el artículo 121.2.b) del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, por la
presente se le cita al trámite de información pública por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación
del presente anuncio en el BOP, DOE y en el diario Hoy.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, en Secretaría, para
que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este
Ayuntamiento dirección https://navalvillar.sedelectronica.es.
De no producirse reclamaciones el acuerdo se considerará aprobado provisionalmente, de presentarse reclamaciones serán
resueltas por el Pleno.
La aprobación inicial de la modificación implica la suspensión del otorgamiento de toda clase de licencias para aquéllas
áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen
urbanístico vigente por el plazo que transcurra hasta la aprobación definitiva o como máximo dos años.
En Navalvillar de Pela, a 19 de junio de 2020.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Navalvillar de Pela (Badajoz)
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Aprobación inicial de la modificación puntual 2/2017 (Nº 18)
Aprobada inicialmente la modificación puntual 2/2017 (n.º 18), reducción retranqueo a linderos de las edificaciones en suelo
no urbanizable y aumento porcentaje ocupación de las edificaciones de utilidad pública e interés social en suelo no
urbanizable, de Mercoguadiana por acuerdo del Pleno de fecha 14 de enero de 2020, de conformidad con lo establecido en
el artículo 121.2.b) del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, por la
presente se le cita al trámite de información pública por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación
del presente anuncio en el BOP, DOE y en el diario Hoy.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, en Secretaría, para
que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este
Ayuntamiento dirección https://navalvillar.sedelectronica.es.
De no producirse reclamaciones el acuerdo se considerará aprobado provisionalmente, de presentarse reclamaciones serán
resueltas por el Pleno.
La aprobación inicial de la modificación implica la suspensión del otorgamiento de toda clase de licencias para aquéllas
áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen
urbanístico vigente por el plazo que transcurra hasta la aprobación definitiva o como máximo dos años.
En Navalvillar de Pela, a 19 de junio de 2020.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.
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