Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2156/2020)
Relación de ayuntamientos que han firmado convenios en materia de protección de la legalidad urbanística del Ayuntamiento
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Área de Fomento

Anuncio 2156/2020

comunicarla concesión o no de la legalización a la Diputación de Badajoz, en el mismo momento que al
interesado, al objeto de continuar con los procedimientos que se deriven de su concesión o no.
f) En caso de interposición de recurso de reposición o recurso extraordinario de revisión, así como cualquier
otro en vía administrativa que por parte del infractor se interponga en defensa de sus intereses, la presente
encomienda comprende la redacción de la propuesta de resolución del citado recurso administrativo por
parte de Licenciado en Derecho adscrito al Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura.
g) En ningún caso se entenderán comprendidas en la encomienda las actuaciones materiales de ejecución
forzosa necesarias para la restauración de la ordenación vulnerada, sin perjuicio de que se ordenen en el
procedimiento.
h) Toda la documentación que obre en los expedientes administrativos correspondientes a procedimientos
que se tramiten por la Diputación de Badajoz, objeto de la presente encomienda, estarán a disposición de los
interesados para poder ser examinada, al igual que a disposición del propio Ayuntamiento, pudiendo los
interesados solicitar copia de los mismo ya sea en el Ayuntamiento o en la Diputación de Badajoz, las
mencionadas copias les serán remitidas por el Servicio de Urbanismo de la Diputación de Badajoz. Una vez
finalizado el expediente, por cualquier causa prevista en Derecho, será remitida una copia digitalizada del
mismo al Ayuntamiento.
i) En virtud del artículo 11 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones pública la entidad
encomendada tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que
pudiera tener acceso en la ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación a dichos datos y su
tratamiento lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, y así se hará constar en
los expedientes comunicándoselo a los interesados en la primera notificación que por parte de la Diputación
de Badajoz se les efectúe, y utilizando como modelo el que se adjunta en el anexo 1.
j) En cuanto a los informes jurídicos preceptivos en la tramitación de los procedimientos administrativos, se
elaborará el correspondiente para cada tipo de procedimiento en el que se informe sobre el cumplimiento de
la normativa y del proceso adecuado, a cada situación, que formará por tanto parte del expediente. El
mencionado expediente será modificado en el caso de aplicación de nueva normativa, ya sea de
procedimiento o sustantiva.
k) El municipio tiene derecho a ser informado sobre el estado de tramitación de sus procedimientos así como
a que se tomen en consideración las instrucciones que puedan darse respecto a dicha tramitación,
instrucciones que deberán efectuarse siempre por escrito.
l) La asistencia mediante la presente encomienda conlleva el compromiso por parte del Ayuntamiento de
facilitar, con la diligencia debida, la documentación, y realizar cuantas actuaciones se les requieran desde el
Servicio de Urbanismo para la tramitación de los correspondientes procedimientos administrativos, al fin de
no incurrir en las responsabilidades administrativas que establece el artículo.
QUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En la prestación de las funciones de este convenio por el personal técnico de la Diputación de Badajoz y del propio
Ayuntamiento se cumplirá con el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de éstos y por lo se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
En virtud del artículo 11 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública la entidad encomendada
tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en la
ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación a dichos datos y su tratamiento lo dispuesto en la normativa
de protección de datos de carácter personal, y así se hará constar en los expedientes comunicándoselo a los interesados en
la primera notificación que por parte de la Diputación de Badajoz se les efectúe, y utilizando como modelo el que se adjunta
en el anexo 1.
SEXTA.- MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL DE EJECUCIÓN DEL CONVENIO.
La Diputación de Badajoz se compromete a enviar al municipio, a principios de cada anualidad, un extracto detallados de la
situación de los expedientes encomendados; no obstante, el municipio podrá solicitar formalmente información sobre la
situación de los mismos en cualquier momento.
Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de la ejecución de este Convenio se constituirá una Comisión de
Dirección y Seguimiento, regulada en el artículo 23.7 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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