3. Otras disposiciones. . (2025/146-32)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la asistencia a municipios prestada por la Diputación Provincial de Córdoba. Ejercicio 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10763/32

Prestación de servicios obligatorios
Servicios

Menores de
5.000 hab.
(52 Municipios)

Recogida y tratamiento de residuos
Abastecimiento de agua potable

Saneamiento

Limpieza viaria

Acceso a núcleos de población
Gestión Recaudatoria

Prestación

Entre 5.001 y
20.000 hab.
(18 Municipios)

Prestación

52

D Provincial

18

D. Provincial

44

D. Provincial

10

D. Provincial

8

Municipal directa

5

Municipal directa

3

Municipal Indirecta
D. Provincial

29

D. Provincial

10

8

Municipal directa

5

Municipal directa

15

s/d

3

Municipal Indirecta

52

Municipal directa

16

Municipal directa

2

Municipal Indirecta

1

D Provincial

13

Municipal directa

36

Municipal directa

5

Municipal indirecta

15

Municipal Indirecta

52

D Provincial

18

D Provincial

Administración electrónica

52

D Provincial

18

D Provincial

Pavimentación de vías urbanas

52

Municipal directa

18

Municipal directa

52

Municipal directa

16

Municipal directa

2

Municipal indirecta

D. Provincial

18

D. Provincial

s/d

18

s/d

Alumbrado Público
Extinción de incendios

52

Mantenimiento de consultorios
52
médicos
Fuente: Elaborado por la CCA con datos de la DP

Cuadro nº 13

- Información sobre los costes de los servicios
A67.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 211 del TRLRHL y la Orden HAP 1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local (punto 3.a
de la regla 48) los municipios de más de 50.000 habitantes y las demás entidades locales de ámbito
superior deben acompañar a la cuenta general de una memoria justificativa del coste y rendimiento
de los servicios públicos. La misma Orden establece que las entidades locales deben cumplimentar
en las notas 26 y 27 de la memoria de la cuenta general información relativa sobre el coste de las
actividades y los indicadores de gestión25.

A68.

Para la determinación del coste de los servicios se requiere el establecimiento previo por parte de
las entidades locales de un sistema de contabilidad analítica que permita su cuantificación con el
adecuado grado de fiabilidad, autenticidad y aproximación a la realidad, así como la disposición de
técnicas o instrucciones homogéneas para su determinación.

A69.

Actualmente, la DP de Córdoba no dispone de un sistema de contabilidad analítica que permita
calcular de forma adecuada el coste de los servicios. Este hecho impide, por una parte, conocer y
Según la Disposición Transitoria tercera de la Instrucción del modelo normal de contabilidad local, desde el ejercicio 2017 debe elaborarse la información sobre el coste de actividades e indicadores de gestión de conformidad con los principios definidos en la Resolución
de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración
de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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