Disposiciones generales. . (2025/145-2)
Resolución de 25 de julio de 2025, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayuda para el curso 2025-2026.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10699/2

fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para
el curso 2025-2026, por un importe de 86.865.460,45 € para la anualidad 2026.
Segundo. Establecer las partidas presupuestarias destinadas a la financiación de la
convocatoria de ayudas por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de
carácter plurianual, tras el aumento de crédito, conforme a la distribución siguiente:
ANUALIDAD
2025
2026
TOTAL

PARTIDA PRESUPUESTARIA
G/42I/48000/00
G/42I/48000/00

CUANTÍA MÁXIMA
73.245.223,00 €
190.616.887,45 €
263.862.110,45 €

Tercero. La declaración de créditos disponibles destinados a esta convocatoria de
ayudas para el curso 2025-2026, que se hace mediante esta resolución, no implica la
apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo
de plazo para adoptar y notificar la resolución.
Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, en virtud del artículo 33 del
Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Sevilla, recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución,
según disponen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; pudiendo ser recurrido potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de
la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

00324297

Camas, 25 de julio de 2025.- El Director General, Manuel Cortés Romero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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