3. Otras disposiciones. . (2025/145-40)
Resolución de 24 de julio de 2025, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica la Primera Adenda del Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el proyecto I+D+i «Andalucía Biotec Salud», al objeto de canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología aplicada a la Salud, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10705/2
De otra parte, el Sr. don Carlos Closa Montero, Vicepresidente de Organización y
Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, M.P. (CSIC), nombrado por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su
reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE de 23.12.2022. Res. Presidencia CSIC de
14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación),
actuando en nombre y representación de esta institución en virtud de las competencias
que tiene delegadas por Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Presidencia del
CSIC (BOE de 18 de diciembre siguiente).
Asimismo, el CSIC actúa en su condición de representante de la agrupación de
participantes en el proyecto I+D+i «Andalucía Biotec Salud», en los términos establecidos
en el acuerdo de agrupación suscrito entre el CSIC y la Fundación Pública Andaluza
Progreso y Salud, M.P. el 26 de junio de 2023, contando con poderes bastantes para
cumplir con las obligaciones que corresponden a la agrupación, en virtud de escritura
pública de fecha 19 de julio de 2023 ante el notario don Alberto Moreno Ferreiro.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria en la
representación que ostentan para el otorgamiento de esta adenda al convenio firmado
entre ambas partes con fecha 21 de diciembre de 2023 para canalizar la concesión de una
subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología
aplicada a la salud, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR),
y al efecto,
E XPONEN
Primero. Que con fecha 21 de diciembre de 2023 se suscribió entre ambas partes
un convenio para canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del
Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología aplicada a la salud, financiado por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por un importe total de 1.442,821€.
Tercero. Que con fecha 14 de mayo de 2024 se ha procedido por parte de la Dirección
General de Planificación de la Investigación a elevar la solicitud de modificación de las
partidas de gasto al Coordinador Nacional del proyecto, el Instituto de Bioingeniería de
Cataluña (IBEC), a los efectos de que sea comunicada al Comité de Coordinación del
Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología aplicada a la salud.
Dado que ninguna de las modificaciones propuestas supera el 20% del importe total
y no afecta a los objetivos del programa asignado a la Junta de Andalucía, se cumple
con lo establecido en el punto 1.b de la decisión adoptada el 22 de febrero de 2022 por la
Comisión de Seguimiento del Acuerdo del CPCTI, por lo que la comunicación al Comité
de Coordinación es suficiente para autorizar dichas modificaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324303
Segundo. Que desde la firma del convenio se han ido desarrollando cada uno de los
proyectos que componen el proyecto en su globalidad y han ido surgiendo necesidades y
situaciones no contempladas inicialmente, que hacen necesaria y pertinente la adaptación
del desglose de partidas de gastos de determinados proyectos para que den una adecuada
respuesta al devenir en el desarrollo y ejecución de los mismos. A tal efecto, se recibió por
parte del representante de la agrupación de beneficiarios, escrito de fecha 11 de mayo de 2024
donde se solicita la modificación del desglose de partidas de determinados proyectos.
Se ha comprobado que las modificaciones solicitadas no varían el destino o finalidad
de la subvención autorizada por la Consejería en materia de investigación, ni altera la
actividad, programa, actuación o comportamiento para los que se concedió la subvención,
ni eleva la cuantía de la subvención concedida por la Consejería.
La variación tampoco afecta a aquellos aspectos propuestos u ofertados por la
persona beneficiaria que fueron razón de su concreto otorgamiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10705/2
De otra parte, el Sr. don Carlos Closa Montero, Vicepresidente de Organización y
Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, M.P. (CSIC), nombrado por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su
reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE de 23.12.2022. Res. Presidencia CSIC de
14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación),
actuando en nombre y representación de esta institución en virtud de las competencias
que tiene delegadas por Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Presidencia del
CSIC (BOE de 18 de diciembre siguiente).
Asimismo, el CSIC actúa en su condición de representante de la agrupación de
participantes en el proyecto I+D+i «Andalucía Biotec Salud», en los términos establecidos
en el acuerdo de agrupación suscrito entre el CSIC y la Fundación Pública Andaluza
Progreso y Salud, M.P. el 26 de junio de 2023, contando con poderes bastantes para
cumplir con las obligaciones que corresponden a la agrupación, en virtud de escritura
pública de fecha 19 de julio de 2023 ante el notario don Alberto Moreno Ferreiro.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria en la
representación que ostentan para el otorgamiento de esta adenda al convenio firmado
entre ambas partes con fecha 21 de diciembre de 2023 para canalizar la concesión de una
subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología
aplicada a la salud, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR),
y al efecto,
E XPONEN
Primero. Que con fecha 21 de diciembre de 2023 se suscribió entre ambas partes
un convenio para canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del
Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología aplicada a la salud, financiado por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por un importe total de 1.442,821€.
Tercero. Que con fecha 14 de mayo de 2024 se ha procedido por parte de la Dirección
General de Planificación de la Investigación a elevar la solicitud de modificación de las
partidas de gasto al Coordinador Nacional del proyecto, el Instituto de Bioingeniería de
Cataluña (IBEC), a los efectos de que sea comunicada al Comité de Coordinación del
Plan Complementario de I+D+i de Biotecnología aplicada a la salud.
Dado que ninguna de las modificaciones propuestas supera el 20% del importe total
y no afecta a los objetivos del programa asignado a la Junta de Andalucía, se cumple
con lo establecido en el punto 1.b de la decisión adoptada el 22 de febrero de 2022 por la
Comisión de Seguimiento del Acuerdo del CPCTI, por lo que la comunicación al Comité
de Coordinación es suficiente para autorizar dichas modificaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324303
Segundo. Que desde la firma del convenio se han ido desarrollando cada uno de los
proyectos que componen el proyecto en su globalidad y han ido surgiendo necesidades y
situaciones no contempladas inicialmente, que hacen necesaria y pertinente la adaptación
del desglose de partidas de gastos de determinados proyectos para que den una adecuada
respuesta al devenir en el desarrollo y ejecución de los mismos. A tal efecto, se recibió por
parte del representante de la agrupación de beneficiarios, escrito de fecha 11 de mayo de 2024
donde se solicita la modificación del desglose de partidas de determinados proyectos.
Se ha comprobado que las modificaciones solicitadas no varían el destino o finalidad
de la subvención autorizada por la Consejería en materia de investigación, ni altera la
actividad, programa, actuación o comportamiento para los que se concedió la subvención,
ni eleva la cuantía de la subvención concedida por la Consejería.
La variación tampoco afecta a aquellos aspectos propuestos u ofertados por la
persona beneficiaria que fueron razón de su concreto otorgamiento.