Disposiciones generales. . (2025/144-3)
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, de modificación de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad de la industria auxiliar naval».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10544/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Mediante la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas (BOJA núm. 42, de 29 de febrero), se aprobaron las bases reguladoras para
la concesión de los «incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba», contemplados
en capítulo II del título I del Decreto 19/2024, de 29 de enero, para una transición justa a
través del impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería,
Cádiz y Córdoba.
Por Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y
Minas, se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el
proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad de la industria auxiliar naval»». (BOJA
núm. 67, de 8 de abril).
A dicha convocatoria le acompañan el Anexo VIII, en el que se establecen los
conceptos de inversiones y de gastos previstos incentivar, de entre los enumerados
en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas.
A la vista de los conceptos de inversiones y de gastos que constan en el referido
Anexo VIII, se pone de manifiesto que los costes de inversión en activos materiales
incluidos resultan insuficientes para alcanzar la finalidad para la que se convocan los
incentivos en el ámbito de las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica,
modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías
y logística avanzada» y «A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías de
información y comunicación o la transformación digital».
En particular para las tipologías de proyectos anteriores, el Anexo VIII no contempla
como concepto de inversión en activos materiales las inversiones en naves y
construcciones, siendo este un concepto de gasto subvencionable contemplado en el
apartado 5.c).1.º1.c) de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La omisión de las inversiones en naves y construcciones como concepto incentivable,
dificulta la consecución de los objetivos que persiguen los proyectos encuadrados en las
mencionadas tipologías y que se enumeran en el Anexo III de la convocatoria.
Por todo ello, es necesario modificar el Anexo VIII de la Resolución de 8 de enero,
de la Secretaría General de Industria y Minas, incluyendo el coste establecido en
apartado 5.c).1.º1.c), relativo a naves y construcciones, de acuerdo con las condiciones
determinadas en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La modificación propuesta no tiene repercusión presupuestaria, no vulnera la
normativa reguladora de la subvención en aquellos elementos que son objeto de esta
modificación, ni daña derechos de terceros. Además, no varía el destino o la finalidad de
la subvención, ni se altera la actividad, programa o actuación prevista para los solicitantes
de la subvención.
Esta resolución de modificación será objeto de publicación en el BOJA y en los demás
medios donde consta publicada la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324142
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria
y Minas, de modificación de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la
Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos
de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Innovación
y sostenibilidad de la industria auxiliar naval».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10544/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Mediante la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas (BOJA núm. 42, de 29 de febrero), se aprobaron las bases reguladoras para
la concesión de los «incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba», contemplados
en capítulo II del título I del Decreto 19/2024, de 29 de enero, para una transición justa a
través del impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería,
Cádiz y Córdoba.
Por Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y
Minas, se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el
proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad de la industria auxiliar naval»». (BOJA
núm. 67, de 8 de abril).
A dicha convocatoria le acompañan el Anexo VIII, en el que se establecen los
conceptos de inversiones y de gastos previstos incentivar, de entre los enumerados
en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas.
A la vista de los conceptos de inversiones y de gastos que constan en el referido
Anexo VIII, se pone de manifiesto que los costes de inversión en activos materiales
incluidos resultan insuficientes para alcanzar la finalidad para la que se convocan los
incentivos en el ámbito de las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica,
modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías
y logística avanzada» y «A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías de
información y comunicación o la transformación digital».
En particular para las tipologías de proyectos anteriores, el Anexo VIII no contempla
como concepto de inversión en activos materiales las inversiones en naves y
construcciones, siendo este un concepto de gasto subvencionable contemplado en el
apartado 5.c).1.º1.c) de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La omisión de las inversiones en naves y construcciones como concepto incentivable,
dificulta la consecución de los objetivos que persiguen los proyectos encuadrados en las
mencionadas tipologías y que se enumeran en el Anexo III de la convocatoria.
Por todo ello, es necesario modificar el Anexo VIII de la Resolución de 8 de enero,
de la Secretaría General de Industria y Minas, incluyendo el coste establecido en
apartado 5.c).1.º1.c), relativo a naves y construcciones, de acuerdo con las condiciones
determinadas en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La modificación propuesta no tiene repercusión presupuestaria, no vulnera la
normativa reguladora de la subvención en aquellos elementos que son objeto de esta
modificación, ni daña derechos de terceros. Además, no varía el destino o la finalidad de
la subvención, ni se altera la actividad, programa o actuación prevista para los solicitantes
de la subvención.
Esta resolución de modificación será objeto de publicación en el BOJA y en los demás
medios donde consta publicada la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324142
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria
y Minas, de modificación de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la
Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos
de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Innovación
y sostenibilidad de la industria auxiliar naval».