Disposiciones generales. . (2025/144-1)
Orden de 23 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10608/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Nuestra Comunidad Autónoma ostenta las competencias ejecutivas en materia de
empleo que incluyen, en todo caso, las políticas activas de empleo, que comprenderán
la formación de las personas demandantes de empleo y de las personas trabajadoras
en activo, así como la gestión de las subvenciones correspondientes; la intermediación
laboral y el fomento del empleo, conforme al artículo 63.1 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
El Servicio Andaluz de Empleo tiene entre sus objetivos el fomento del empleo y la
mejora de la empleabilidad de la población andaluza, principalmente la de aquella que
se encuentra en situación de desempleo a través del desarrollo de políticas activas de
empleo, tal como se recoge en la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio
Andaluz de Empleo, y en los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 96/2011,
de 19 de abril.
Esta Agencia, de acuerdo con sus objetivos y competencias, establece entre sus
prioridades la orientación e información profesional, las acciones de apoyo para la mejora
de la cualificación profesional, la inserción laboral y el empleo, a fin de dar respuesta a las
personas desempleadas en general, y a los distintos colectivos de atención preferente,
en particular.
En Andalucía, fruto de la preocupación por generar mayores oportunidades de
empleo para las personas jóvenes y para aquellas que presentan mayor vulnerabilidad,
se han implementado diferentes iniciativas que han venido a dar respuesta a la necesidad
de mejorar la empleabilidad y facilitar el acceso al empleo de estas personas.
En este contexto, con fecha 5 de octubre de 2023 se publicó la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa
de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral, cuyo objeto es promover la atención
personalizada de personas pertenecientes a colectivos vulnerables y de personas
jóvenes, a través de la participación en Proyectos Integrales que ofrezcan orientación
laboral y formación, y que promuevan la inserción laboral, así como el acompañamiento
en el empleo.
En el marco de la citada orden, se entiende por colectivos vulnerables aquellos
con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, y se regulan en el
apartado 2.a.4.a) del cuadro resumen de la Orden de 29 de septiembre de 2023:
1.º Personas con discapacidad.
2.º Personas en desempleo de larga duración. Se considerarán personas
desempleadas de larga duración aquellas que hayan permanecido en situación de
desempleo durante doce meses dentro de los dieciocho meses anteriores al momento en
que inicien su participación en el proyecto.
3.º Personas mayores de 45 años.
4.º Personas migrantes.
5.º Personas en situación de exclusión social. A estos efectos, se considerarán en
situación de exclusión social aquellas personas pertenecientes a los colectivos descritos
en el artículo 3.3 del Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los
Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 23 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no
competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.