3. Otras disposiciones. . (2025/144-37)
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se acuerda la avocación y posterior delegación en la Viceconsejería de las competencias sobre el bien adscrito denominado «Casa de los Pinelo».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10541/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se acuerda la avocación y posterior
delegación en la Viceconsejería de las competencias sobre el bien adscrito
denominado «Casa de los Pinelo».
El Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, dispone en su artículo 10.j) que le
corresponde a la Dirección General de Planificación de la Investigación, la coordinación y
fomento de las Academias de divulgación del conocimiento de Andalucía, centro directivo
que se encuentra adscrito a la Secretaría General de Investigación e Innovación.
En el desarrollo de esta competencia la Consejería tiene adscrito el bien inmueble
«Casa de los Pinelo», sito en la calle Abades, núm. 14, de la ciudad de Sevilla, inscrito en
el Inventario de Bienes y Derechos de la Junta de Andalucía, con número 2000004887,
en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 154/2007, de 22 de mayo, por el que se
acepta la concesión demanial del uso gratuito del mencionado inmueble conocido como
«Casa de los Pinelo», con destino a la sede de la Real Academia de las Buenas Letras de
Sevilla y Real Academia de las Bellas Artes Santa Isabel de Hungría de Sevilla.
Por otra parte, en la Orden de 22 de marzo de 2023, por la que se delegan
competencias en los órganos directivos de la Consejería, se establece en su apartado
Segundo, punto 5, se delega en las personas titulares de las Secretarías Generales todas
las facultades que, sobre bienes afectos a las funciones propias del centro directivo,
se atribuyen a la persona titular de la Consejería por la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Razones de eficiencia en la ejecución presupuestaria, y en consecuencia,
circunstancias de índole técnica, así como razones de eficacia y agilidad en la tramitación
y resolución de las actuaciones dirigidas a dar cumplimiento a las obligaciones de
conservación y mantenimiento para el buen uso del mencionado inmueble, exigibles a
la actuación de los órganos y unidades administrativas, en consonancia con criterios
de buena administración, hacen necesaria la avocación de las facultades relativas a la
gestión, contratación y ejecución del gasto dirigidas a la conservación y mantenimiento
del inmueble y su posterior delegación en la persona titular de la Viceconsejería.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 46.4 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
así como en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y en los artículos 101 a 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Avocar las competencias delegadas en la persona titular de la Secretaría
General de Investigación e Innovación, relativas a la totalidad las competencias de
gestión administrativa y patrimonial, de contratación y ejecución del gasto, dirigidas a la
conservación y mantenimiento del inmueble adscrito a la Consejería denominado «Casa
de los Pinelo».
Segundo. Delegar las competencias avocadas en el dispongo Primero de esta orden
en la persona titular de la Viceconsejería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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