3. Otras disposiciones. . (2025/144-25)
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se acepta la cesión gratuita de la titularidad, acordada por el Ayuntamiento de Córdoba a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la parcela 93 del polígono 109, en el paraje conocido como Cortijo de El Alcaide, Alameda del Obispo, con destino a la realización de ensayos agronómicos de cultivos herbáceos en el marco de los diversos proyectos de investigación y transferencia desarrollados por el IFAPA.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10531/2

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, establece en su artículo 74.b) que la Comunidad Autónoma puede adquirir
bienes y derechos mediante negocio jurídico, oneroso o gratuito, prescripción, ocupación
y demás formas previstas en derecho.
Segundo. Según lo recogido en el artículo 80.2 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo,
corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio
la aceptación de las cesiones gratuitas y mutaciones demaniales que recaigan sobre
bienes inmuebles.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.2 de la Ley 4/1986, de 5
de mayo, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 1.2.ñ) del Decreto
153/2022, de 9 de agosto, que establece la estructura orgánica de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
DISPONGO
Primero. Aceptar la cesión gratuita de la titularidad a favor de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, acordada por el Ayuntamiento de Córdoba, para su adscripción al IFAPA,
de la parcela con referencia catastral 14900A109000930000MH, sita en paraje Cortijo de
El Alcaide, polígono 109, parcela 93, Alameda del Obispo, propiedad del Ayuntamiento de
Córdoba, con destino a la realización de ensayos agronómicos en el marco de proyectos
de investigación y transferencia.
La parcela figura inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 5 de Córdoba como
finca registral 6.692 (CRU 14022000070817), y anotada con el número 29.612 en el
Inventario municipal, y con carácter patrimonial.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 del Reglamento de
Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de
enero, la cesión de la titularidad se formalizará mediante documento administrativo y se
inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la titularidad a favor de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe al IFAPA.
Cuarto. De lo acordado en la presente orden se dará publicidad en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Reglamento
de aplicación de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, que regula el Patrimonio de la Comunidad
Autónoma, aprobado mediante Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.
Quinto. Por la Dirección General de Patrimonio se llevarán a cabo los trámites
necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en la presente orden.
Sevilla, 22 de julio de 2025

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos