5. Anuncios. . (2025/144-67)
Anuncio de 23 de julio de 2025, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, Dirección de Administración General, por el que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de Presupuestos de la Dirección del Área Económica-Financiera en los Servicios Centrales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10586/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 23 de julio de 2025, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía, Dirección de Administración General, por el que se da publicidad a
la convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de Presupuestos de
la Dirección del Área Económica-Financiera en los Servicios Centrales.
Resolución del Gerente de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía,
por la que se efectúa convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de
Presupuestos de la Dirección del Área Económico-Financiera en los Servicios Centrales
de la Agencia de la Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos de
la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), los cuales no solo
se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del
Sector Público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del
régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
sino que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se ha visto
sensiblemente modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos ha supuesto la introducción de diversos cambios en
aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la
clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de
los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación
de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y
diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
En cuanto a los mandos intermedios configurados en la estructura administrativa de
la Agencia, dispone el art. 30.3 de los citados estatutos que «...no tendrán consideración
de personal directivo de la Agencia y serán cubiertos preferentemente mediante
procedimientos de promoción interna por personal de la Agencia. En su provisión se velará
por la representación equilibrada de hombres y mujeres conforme a lo establecido en la
Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en la legislación básica estatal en materia de igualdad».
El artículo 10 del IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía, establece el régimen aplicable para la cobertura de estos puestos de Jefaturas
de Sección y de Equipo:
«Artículo 10. Jefaturas de sección y de equipo.
1. Las jefaturas de sección y equipo son los máximos niveles de gestión de la Agencia,
funciones estas no directivas que serán desempeñadas por personal de plantilla, salvo
lo dispuesto en el art. 1.2 y disposición transitoria del presente convenio (inciso este
último declarado nulo por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, de 6 de octubre de 2016, ratificada por el Tribunal Supremo en
Sentencia 959/2018, de 15 de noviembre).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324184
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal
de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la
Resolución de fecha 22 de julio de 2025, que a continuación se transcribe:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10586/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 23 de julio de 2025, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía, Dirección de Administración General, por el que se da publicidad a
la convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de Presupuestos de
la Dirección del Área Económica-Financiera en los Servicios Centrales.
Resolución del Gerente de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía,
por la que se efectúa convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de
Presupuestos de la Dirección del Área Económico-Financiera en los Servicios Centrales
de la Agencia de la Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos de
la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), los cuales no solo
se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del
Sector Público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del
régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
sino que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se ha visto
sensiblemente modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos ha supuesto la introducción de diversos cambios en
aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la
clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de
los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación
de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y
diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
En cuanto a los mandos intermedios configurados en la estructura administrativa de
la Agencia, dispone el art. 30.3 de los citados estatutos que «...no tendrán consideración
de personal directivo de la Agencia y serán cubiertos preferentemente mediante
procedimientos de promoción interna por personal de la Agencia. En su provisión se velará
por la representación equilibrada de hombres y mujeres conforme a lo establecido en la
Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en la legislación básica estatal en materia de igualdad».
El artículo 10 del IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía, establece el régimen aplicable para la cobertura de estos puestos de Jefaturas
de Sección y de Equipo:
«Artículo 10. Jefaturas de sección y de equipo.
1. Las jefaturas de sección y equipo son los máximos niveles de gestión de la Agencia,
funciones estas no directivas que serán desempeñadas por personal de plantilla, salvo
lo dispuesto en el art. 1.2 y disposición transitoria del presente convenio (inciso este
último declarado nulo por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, de 6 de octubre de 2016, ratificada por el Tribunal Supremo en
Sentencia 959/2018, de 15 de noviembre).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324184
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal
de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la
Resolución de fecha 22 de julio de 2025, que a continuación se transcribe: