Disposiciones generales. . (2025/144-1)
Acuerdo de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por el que se determina la ampliación del plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 C1 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10780/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 8 de noviembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 214, la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades
de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
y a personas trabajadoras ocupadas. Con fecha 16 de enero de 2024, se publica en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de
3 de noviembre de 2023.
Con fecha 9 de julio de 2025 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 130, Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025, la concesión de
subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a
personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
Conforme al resuelve octavo de la citada convocatoria, el plazo de presentación de
solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique,
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, es decir, desde el 10 hasta el 29 de julio de 2025,
ambos inclusive.
La presentación de las solicitudes se gestiona por medios electrónicos a través de
la nueva aplicación informática de gestión de la Formación Profesional para el Empleo,
PROFEUS-A, ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo.
Debido a diversas incidencias técnicas que han afectado al funcionamiento normal de
la citada aplicación informática durante el plazo de presentación de solicitudes, algunas
entidades solicitantes han experimentado dificultades a la hora de completar y registrar
sus solicitudes en los plazos inicialmente establecidos.
Con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y asegurar que todos las
entidades interesadas puedan completar el proceso en condiciones adecuadas, se ha
decidido ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en su artículo 32.4, establece la posibilidad de ampliar los
plazos en los siguientes términos: «Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que
se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los
plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido».
En consecuencia con lo anterior y en aplicación del artículo 32.4 de la Ley 39/2015,
antes mencionada, esta Dirección General, conforme a la disposición adicional primera
de la Orden de 3 de noviembre de 2023,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324378
Acuerdo de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por el que se determina la ampliación del plazo
de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 1 de julio de 2025,
de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que
se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la
oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas
trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 C1 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10780/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 8 de noviembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 214, la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades
de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
y a personas trabajadoras ocupadas. Con fecha 16 de enero de 2024, se publica en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de
3 de noviembre de 2023.
Con fecha 9 de julio de 2025 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 130, Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025, la concesión de
subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a
personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
Conforme al resuelve octavo de la citada convocatoria, el plazo de presentación de
solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique,
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, es decir, desde el 10 hasta el 29 de julio de 2025,
ambos inclusive.
La presentación de las solicitudes se gestiona por medios electrónicos a través de
la nueva aplicación informática de gestión de la Formación Profesional para el Empleo,
PROFEUS-A, ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo.
Debido a diversas incidencias técnicas que han afectado al funcionamiento normal de
la citada aplicación informática durante el plazo de presentación de solicitudes, algunas
entidades solicitantes han experimentado dificultades a la hora de completar y registrar
sus solicitudes en los plazos inicialmente establecidos.
Con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y asegurar que todos las
entidades interesadas puedan completar el proceso en condiciones adecuadas, se ha
decidido ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en su artículo 32.4, establece la posibilidad de ampliar los
plazos en los siguientes términos: «Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que
se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los
plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido».
En consecuencia con lo anterior y en aplicación del artículo 32.4 de la Ley 39/2015,
antes mencionada, esta Dirección General, conforme a la disposición adicional primera
de la Orden de 3 de noviembre de 2023,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324378
Acuerdo de 28 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por el que se determina la ampliación del plazo
de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 1 de julio de 2025,
de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que
se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la
oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas
trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.