3. Otras disposiciones. . (2025/143-26)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, así como declaración en concreto de utilidad pública. (PP. 1519/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10169/2
- BOE número 36, de fecha 11 de febrero de 2025.
- Diario de Sevilla, de fecha 5 de febrero de 2025.
- Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de San Juan, con certificación
expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 19 de marzo de 2025.
- Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, con certificación
expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 21 de marzo de 2025.
Indicando que en fecha 3 de marzo de 2025, se han formulado alegaciones por
Federacion Provincial Ecologistas en Accion-Sevilla, en los términos que obran en el
expediente. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta de
fecha 31 de marzo de 2025, la cual obra en el expediente.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, y de síntesis del estudio
de impacto ambiental, a la serie de Administraciones, organismos o empresas de servicio
público o de servicios de interés general que a continuación se enumeran, ya que según
declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento
de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso,
establezcan el condicionado técnico procedente:
- Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla.
- Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de San Juan.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Sevilla. Departamento
de Vías Pecuarias.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Sevilla. Servicio de
Protección Ambiental.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Quinto. Con fecha de 23 de diciembre 2024, la Delegación Territorial de de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, informa favorablemente al cambio en
la infraestructura eléctrica propuesta al considerar como no sustancial la modificación
de la autorización ambiental unificada, otorgada a Cabreras Wind Energy, S.L., con
fecha 12.1.2023, para la actuación denominada «Parque Eólico Las Cabreras de 12 MW»
(expediente AAU/SE/0180/2020/M1).
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes,
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323767
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10169/2
- BOE número 36, de fecha 11 de febrero de 2025.
- Diario de Sevilla, de fecha 5 de febrero de 2025.
- Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de San Juan, con certificación
expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 19 de marzo de 2025.
- Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, con certificación
expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 21 de marzo de 2025.
Indicando que en fecha 3 de marzo de 2025, se han formulado alegaciones por
Federacion Provincial Ecologistas en Accion-Sevilla, en los términos que obran en el
expediente. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta de
fecha 31 de marzo de 2025, la cual obra en el expediente.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, y de síntesis del estudio
de impacto ambiental, a la serie de Administraciones, organismos o empresas de servicio
público o de servicios de interés general que a continuación se enumeran, ya que según
declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento
de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso,
establezcan el condicionado técnico procedente:
- Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla.
- Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de San Juan.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Sevilla. Departamento
de Vías Pecuarias.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Sevilla. Servicio de
Protección Ambiental.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Quinto. Con fecha de 23 de diciembre 2024, la Delegación Territorial de de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, informa favorablemente al cambio en
la infraestructura eléctrica propuesta al considerar como no sustancial la modificación
de la autorización ambiental unificada, otorgada a Cabreras Wind Energy, S.L., con
fecha 12.1.2023, para la actuación denominada «Parque Eólico Las Cabreras de 12 MW»
(expediente AAU/SE/0180/2020/M1).
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes,
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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