3. Otras disposiciones. . (2025/143-42)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Revisión financiera de determinadas áreas del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10532/19
b. Información sobre la gestión del gasto presupuestario, tanto del presupuesto corriente como de presupuestos cerrados y futuros.
c. Información sobre la gestión de los ingresos presupuestarios afectados, tanto del
presupuesto corriente como de presupuestos cerrados y futuros.
6. Dado que el Ayuntamiento no controla los GAFA, no resulta posible verificare la regla 28.
Coeficiente de financiación, en la que el cálculo del Coeficiente de Financiación (CF) para
cada ejercicio se realiza dividiendo los ingresos presupuestarios3 (reconocidos y pendientes
de reconocer) afectados a la realización de un gasto presupuestario, por el importe total
del gasto presupuestario4 (realizado y a realizar).
7. Incumplimiento de los puntos 28. Coeficiente de financiación y 24.5. Gastos con Financiación Afectada del PGCAL al no contar la Entidad Local con ningún documento con datos
sobre los Coeficientes de Financiación, las Desviaciones de Financiación del Ejercicio ni sobre las Desviaciones de Financiación Acumuladas.
A9.
Por tal motivo, durante la fiscalización no ha resultado posible recalcular la cuantía del Resultado
Presupuestario Ajustado que por +281.542,39 € figura en el Estado de la Liquidación del Presupuesto de 2021, por tratarse de una magnitud que se obtiene después de restar al Resultado
Presupuestario del ejercicio las desviaciones de financiación del ejercicio positivas y de sumarle
las desviaciones de financiación del ejercicio negativas, tal y como determina la Tercera parte.
Cuentas Anuales del PGCPAL. (§ 45)
A10.
Tampoco se ha podido determinar el importe al que habría de ascender el Remanente de Tesorería para Gastos Generales, y que por + 283.148,83 € figura en el Estado del Remanente de
Tesorería de 2021, ya que se trata de una magnitud que se obtiene tras restar al Remanente de
Tesorería Total el saldo de dudoso cobro y el Exceso de Financiación Afectada, y el Exceso de
Financiación Afectada está compuesto por el total de las Desviaciones de Financiación Acumuladas de cada proyecto GAFA. (§ 46)
A11.
Cabe recordar la importancia que tiene el Remanente de Tesorería para Gastos Generales para
cualquier Entidad Local, ya que en caso de que arroje un resultado negativo la Corporación habrá
de adoptar las medidas previstas en el art. 193 del TRLRHL, y de resultar positiva se podrá utilizar
como recurso para la financiación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, conforme al art. 177.4 del TRLRHL, así como para la incorporación de remanentes de crédito, con
arreglo al art. 48 del RD 500/1990.
3 La totalidad de los ingresos presupuestarios incluye todos los derechos reconocidos netos hasta la fecha de cálculo del coeficiente
relativos a ese GAFA, así como los que se prevean obtener desde ese momento hasta la conclusión del gasto.
4
El gasto presupuestario total incluye tanto las obligaciones reconocidas netas hasta la fecha de cálculo del coeficiente relativas a ese
gasto con financiación afectada, como los créditos que se prevean asignar o incorporar hasta la completa realización de la unidad de
gasto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324130
8. La ausencia de esta información impide, así mismo verificar el cumplimiento de la regla 29.
Desviaciones de Financiación, y calcular, por tanto, las cuantías que habrían de figurar como
desviaciones de financiación del ejercicio, positivas y negativas, en el Resultado Presupuestario y como desviaciones de financiación acumuladas positivas en el Remanente de Tesorería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10532/19
b. Información sobre la gestión del gasto presupuestario, tanto del presupuesto corriente como de presupuestos cerrados y futuros.
c. Información sobre la gestión de los ingresos presupuestarios afectados, tanto del
presupuesto corriente como de presupuestos cerrados y futuros.
6. Dado que el Ayuntamiento no controla los GAFA, no resulta posible verificare la regla 28.
Coeficiente de financiación, en la que el cálculo del Coeficiente de Financiación (CF) para
cada ejercicio se realiza dividiendo los ingresos presupuestarios3 (reconocidos y pendientes
de reconocer) afectados a la realización de un gasto presupuestario, por el importe total
del gasto presupuestario4 (realizado y a realizar).
7. Incumplimiento de los puntos 28. Coeficiente de financiación y 24.5. Gastos con Financiación Afectada del PGCAL al no contar la Entidad Local con ningún documento con datos
sobre los Coeficientes de Financiación, las Desviaciones de Financiación del Ejercicio ni sobre las Desviaciones de Financiación Acumuladas.
A9.
Por tal motivo, durante la fiscalización no ha resultado posible recalcular la cuantía del Resultado
Presupuestario Ajustado que por +281.542,39 € figura en el Estado de la Liquidación del Presupuesto de 2021, por tratarse de una magnitud que se obtiene después de restar al Resultado
Presupuestario del ejercicio las desviaciones de financiación del ejercicio positivas y de sumarle
las desviaciones de financiación del ejercicio negativas, tal y como determina la Tercera parte.
Cuentas Anuales del PGCPAL. (§ 45)
A10.
Tampoco se ha podido determinar el importe al que habría de ascender el Remanente de Tesorería para Gastos Generales, y que por + 283.148,83 € figura en el Estado del Remanente de
Tesorería de 2021, ya que se trata de una magnitud que se obtiene tras restar al Remanente de
Tesorería Total el saldo de dudoso cobro y el Exceso de Financiación Afectada, y el Exceso de
Financiación Afectada está compuesto por el total de las Desviaciones de Financiación Acumuladas de cada proyecto GAFA. (§ 46)
A11.
Cabe recordar la importancia que tiene el Remanente de Tesorería para Gastos Generales para
cualquier Entidad Local, ya que en caso de que arroje un resultado negativo la Corporación habrá
de adoptar las medidas previstas en el art. 193 del TRLRHL, y de resultar positiva se podrá utilizar
como recurso para la financiación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, conforme al art. 177.4 del TRLRHL, así como para la incorporación de remanentes de crédito, con
arreglo al art. 48 del RD 500/1990.
3 La totalidad de los ingresos presupuestarios incluye todos los derechos reconocidos netos hasta la fecha de cálculo del coeficiente
relativos a ese GAFA, así como los que se prevean obtener desde ese momento hasta la conclusión del gasto.
4
El gasto presupuestario total incluye tanto las obligaciones reconocidas netas hasta la fecha de cálculo del coeficiente relativas a ese
gasto con financiación afectada, como los créditos que se prevean asignar o incorporar hasta la completa realización de la unidad de
gasto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324130
8. La ausencia de esta información impide, así mismo verificar el cumplimiento de la regla 29.
Desviaciones de Financiación, y calcular, por tanto, las cuantías que habrían de figurar como
desviaciones de financiación del ejercicio, positivas y negativas, en el Resultado Presupuestario y como desviaciones de financiación acumuladas positivas en el Remanente de Tesorería.