3. Otras disposiciones. . (2025/143-36)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de Orden por la que se regula la figura del Guarda Jurado de Caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban los requisitos y el procedimiento de acreditación para ejercer sus funciones.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10578/2
La documentación correspondiente a este proyecto normativo se encuentra accesible
en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad
activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de Orden deberán
dirigirse a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de
Sostenibilidad y Medio Ambiente y se presentarán, de conformidad con el artículo 14,
apartados 1 y 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, de la siguiente forma:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, deberán presentar sus escritos en formato electrónico en el Registro
Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía,
a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de
cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico
Único en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo
2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en la Oficina de Asistencia en
materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
00324176
Sevilla, 15 de julio de 2025.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10578/2
La documentación correspondiente a este proyecto normativo se encuentra accesible
en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad
activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de Orden deberán
dirigirse a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de
Sostenibilidad y Medio Ambiente y se presentarán, de conformidad con el artículo 14,
apartados 1 y 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, de la siguiente forma:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, deberán presentar sus escritos en formato electrónico en el Registro
Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía,
a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de
cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico
Único en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo
2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en la Oficina de Asistencia en
materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
00324176
Sevilla, 15 de julio de 2025.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja