Disposiciones generales. . (2025/143-3)
Acuerdo de 23 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso académico 2025/2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10573/3

Tercero. Publicación de la oferta completa de enseñanzas autorizadas en las
universidades que conforman el Sistema Universitario Andaluz.
La oferta completa de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos
universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional correspondientes a
los ciclos de Grado, Máster y Doctorado, de las universidades de Andalucía, autorizadas
para el curso académico 2025/2026, estará disponible en el punto de acceso electrónico
https://juntadeandalucia.es/organismos/universidadinvestigacioneinnovacion/areas/
universidad/titulaciones/paginas/catalogo-titulaciones-universitarias.html
Cuarto. Comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria.
De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 58.1.c) del Texto
Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero, se informará del presente acuerdo a la Conferencia General de
Política Universitaria.
Quinto. Régimen de recursos.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a su publicación, o interponer, directamente, el recurso contenciosoadministrativo ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación. Todo ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sexto. Desarrollo y ejecución.
Se habilita al Consejero de Universidad, Investigación e Innovación para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente
acuerdo.
Séptimo. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de julio de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS

00324171

Consejero de Universidad, Investigación e Innovación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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