3. Otras disposiciones. . (2025/142-39)
Orden de 17 de julio de 2025, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 142 - Viernes, 25 de julio de 2025
página 10352/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 17 de julio de 2025, por la que se aprueban los precios públicos que
han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus
bienes adscritos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza, derogada parcialmente
por la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno,
por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precios públicos, se autorizó la percepción por el Patronato de la Alhambra y
Generalife de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar
visitas, rodajes de películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales,
relativo todo ello al recinto monumental y a sus bienes adscritos encomendados a dicho
Patronato. En el momento actual, teniendo en cuenta la trayectoria inflacionista de estos
últimos años y el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Orden de 9 de
noviembre de 2022, se hace necesario actualizar los precios públicos que regirán para el
Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos.
La actualización del precio de la entrada en sus distintas modalidades, junto a
la ordenación del régimen de entradas reducidas y gratuitas, así como otras medidas
de fomento de la visita dan forma a esta norma dotando al Patronato de la Alhambra y
Generalife de una regulación más acorde tanto con sus exigencias financieras como con
su compromiso de servicio público.
En su virtud, en aplicación de lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 10/2021, de 28
de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
a propuesta del Patronato de la Alhambra y Generalife, previo informe preceptivo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y en uso de las facultades que me
han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
1. La presente Orden tiene por objeto la aprobación de los precios públicos que han
de regir en el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos
para los servicios que se indican en la presente orden y en los anexos.
2. Los precios públicos a los que se refiere la presente orden se incrementarán en el
impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable.

Artículo 3. Devoluciones.
Las entradas adquiridas y otros precios recogidos en esta solo podrán ser devueltos
en los supuestos establecidos en la normativa general reguladora de la devolución de
precios públicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323950

Artículo 2. Incremento del precio de visita en la venta anticipada y en la venta directa
con tarjeta bancaria.
Las entradas de visita pública, cuando se adquieran anticipadamente, se incrementarán
con la comisión de gestión establecida en el contrato de servicio que esté en vigor.
Asimismo, el precio de la entrada de venta directa podrá verse incrementado por la
comisión que resulte de aplicación por el uso de tarjeta bancaria.