Autoridades y personal. . (2025/141-31)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10379/2

para el acceso de personal laboral en la Administración General de la Junta de Andalucía,
procediendo la presente resolución a ejecutar lo establecido en dichos decretos.
La Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Junta de Andalucía, en su reunión de fecha 8 de febrero de 2024, acordó la acumulación
de los procesos derivados de las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los
años 2022 y 2023.
Por su parte, en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio,
se establece la relación electrónica obligatoria para todas las personas interesadas en
los procedimientos derivados de la regulación contenida en la misma, de conformidad
con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en
cumplimiento de dichas previsiones, previa negociación en la Comisión del VI Convenio
Colectivo en su reunión de 6 de junio de 2025, al amparo de lo establecido en la Ley
5/2023, de 7 de junio, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 del
VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía
y el apartado 1.c) del artículo 12 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, a propuesta del Instituto Andaluz de Administración Pública, resuelve
convocar, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las
categorías profesionales de los Grupos I y II, de acuerdo con las siguientes

Primera. Normas generales.
1. Se convocan procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral
de carácter fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II que se relacionan:
Grupo I: Arqueólogo/a (1010); Psicólogo/a (1030); Médico/a (1041) y Medicina de la
Educación Física y del Deporte (1042).
Grupo II: Diplomado/a en Trabajo Social o equivalente (2010); Diplomado/a en
Enfermería (2020); Fisioterapeuta (2030); Educador/a (2060); Educador/a de Centros
Sociales (2061) y Educador/a infantil (2071).
2. El número de plazas convocadas por categoría profesional y turno (general o cupo
reservado a personas con discapacidad), queda determinado en el Anexo II de esta
resolución.
3. En aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de
7 de junio, de Función Pública de Andalucía, este proceso incluye, además de las
plazas establecidas en el apartado 1, un 20% de plazas adicionales de cada una de las
categorías profesionales convocadas, con la distribución establecida en el mencionado
Anexo II. Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a
cargo de las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha
de la finalización del proceso selectivo. La adjudicación de estas plazas adicionales, en el
caso de que se produzcan las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine
la tasa de reposición correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de
garantizar que no se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la
temporalidad, sin perjuicio de lo establecido en la normativa básica.
4. En el caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de
discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas de empleo público hasta un límite del
10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las
del turno general en las convocatorias de acceso libre en las que se produzca dicha
circunstancia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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