3. Otras disposiciones. . (2025/138-28)
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de la Ciudad de Granada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10229/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la
que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de la Ciudad de
Granada.
Examinada la documentación remitida por la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Granada para la modificación de la Zona de Interés
Artesanal de la Ciudad de Granada, al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011,
por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las
Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se
han apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Orden de 18 de julio de 2014 (BOJA número 156, de 12 de agosto
de 2014) se declaró la Zona de Interés Artesanal de la Ciudad de Granada, formada por
11 talleres.
Segundo. Mediante Resolución de la Dirección General de Comercio de fecha 17 de
mayo de 2022 fue ampliada la relación de talleres de la Zona de Interés Artesanal, siendo
el número actual de talleres que componen la misma de 12.
Tercero. Con el fin de comprobar el mantenimiento de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de la Zona de Interés Artesanal, la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Granada llevó a cabo una serie de actuaciones a través
del Servicio de Comercio, constatando que se han producido alteraciones no sustanciales
que afectan al número de talleres que la integran, bien por hallarse de baja en el Registro
de Artesanía de Andalucía tras jubilación de la persona artesana, o por no atender el
requerimiento en el que se le solicita prestar la conformidad para la permanencia en la
zona y presentar la documentación acreditativa.
Asimismo, de las comprobaciones complementarias realizadas por el Servicio de
Comercio de la Delegación Territorial en Granada, se comprueba la existencia de nuevos
talleres inscritos que se ubican dentro del ámbito geográfico de la Zona de Interés
Artesanal para su posible inclusión en la misma.

Quinto. Tras la instrucción del procedimiento de revisión de la zona, la Delegación
Territorial emite informe favorable de fecha 10 de diciembre de 2024, en el que propone a
la Dirección General de Comercio la exclusión de 7 talleres y el alta de 6 nuevos talleres
en la Zona de Interés Artesanal de la Ciudad de Granada, que quedaría conformada por
11 talleres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323827

Cuarto. La Delegación Territorial dictó los correspondientes acuerdos por los que se
inició el procedimiento para sustanciar la baja, en su caso, de cada una de las personas
afectadas en la zona de interés artesanal, otorgándoles el correspondiente trámite de
audiencia, no habiéndose presentado alegaciones o documentación alguna por las
personas interesadas.
De igual modo, la Delegación Territorial notifica a las personas titulares de los talleres
a integrar en la Zona de interés Artesanal el inicio del procedimiento para su inclusión
en la misma, concediéndoles un plazo para prestar su conformidad y presentar la
documentación pertinente conforme a la Orden de 8 de septiembre de 2011.