Disposiciones generales. . (2025/138-3)
Orden de 16 de julio de 2025, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones convocadas mediante Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10194/2
dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en
la normativa aplicable.
Asimismo se hace necesaria la ampliación de crédito de la Línea 2, para el
equipamiento de espacios de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud
en Andalucía solicitados por las entidades locales, teniendo en cuenta que el número de
solicitudes presentadas es superior al importe máximo convocado para estas entidades,
cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 7 de septiembre de 2025.
Existiendo créditos disponibles suficientes entre los asignados a esta Consejería,
como consecuencia de la reestructuración de varios proyectos, dentro de la Línea C22.I2,
para el Proyecto «Fortalecimiento de la Atención a la Infancia», provenientes de los
compromisos económicos asumidos por la Administración General del Estado a través del
Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030,
y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la ejecución de proyectos con cargo a
Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia,
publicado en la Orden de 19 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 226, de 24.11.2021), y las
correspondientes Adendas (BOJA núm. 94, de 19.5.2023 y BOJA núm. 184, de 20.9.2024),
se considera oportuno asignar parte de los mismos a la ampliación de la cobertura de las
subvenciones convocadas, ante el desborde de las previsiones realizadas.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, y en el apartado 4 del dispongo segundo de la Orden de 21 de
febrero de 2025,
DISPONGO
Primero. Dar publicidad al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional
de 4.483.125,93 euros para la Línea 1 y 1.421.956,89 euros para la Línea 2, imputándose
el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025, y sin que tal publicidad lleve
aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un
nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar las resoluciones.
Denominación de la línea
Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia, la
adolescencia y la juventud en Andalucía.
Línea 2. Equipamiento de espacios de ocio seguro
para la infancia, la adolescencia y la juventud
en Andalucía.
Partida presupuestaria
1800180000-G/31E/48000/00
-MR08220201
1800180000-G/31E/46000/00
-MR08220201
TOTAL
1800180000-G/31E/76000/00
-MR08220201-2024001379
Incremento de
crédito (euros)
288.143,41 €
4.194.982,52 €
4.483.125,93 €
1.421.956,89 €
Denominación de la línea
Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia,
la adolescencia y la juventud en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Partida presupuestaria
Cuantía máxima
1800180000-G/31E/48000/00
2.163.143,41 €
-MR08220201
1800180000-G/31E/46000/00
4.819.982,52 €
-MR08220201
TOTAL
6.983.125,93 €
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323792
Segundo. La nueva dotación máxima resultante para estas líneas de subvención pasa
a ser la siguiente:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10194/2
dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en
la normativa aplicable.
Asimismo se hace necesaria la ampliación de crédito de la Línea 2, para el
equipamiento de espacios de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud
en Andalucía solicitados por las entidades locales, teniendo en cuenta que el número de
solicitudes presentadas es superior al importe máximo convocado para estas entidades,
cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 7 de septiembre de 2025.
Existiendo créditos disponibles suficientes entre los asignados a esta Consejería,
como consecuencia de la reestructuración de varios proyectos, dentro de la Línea C22.I2,
para el Proyecto «Fortalecimiento de la Atención a la Infancia», provenientes de los
compromisos económicos asumidos por la Administración General del Estado a través del
Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030,
y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la ejecución de proyectos con cargo a
Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia,
publicado en la Orden de 19 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 226, de 24.11.2021), y las
correspondientes Adendas (BOJA núm. 94, de 19.5.2023 y BOJA núm. 184, de 20.9.2024),
se considera oportuno asignar parte de los mismos a la ampliación de la cobertura de las
subvenciones convocadas, ante el desborde de las previsiones realizadas.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, y en el apartado 4 del dispongo segundo de la Orden de 21 de
febrero de 2025,
DISPONGO
Primero. Dar publicidad al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional
de 4.483.125,93 euros para la Línea 1 y 1.421.956,89 euros para la Línea 2, imputándose
el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025, y sin que tal publicidad lleve
aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un
nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar las resoluciones.
Denominación de la línea
Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia, la
adolescencia y la juventud en Andalucía.
Línea 2. Equipamiento de espacios de ocio seguro
para la infancia, la adolescencia y la juventud
en Andalucía.
Partida presupuestaria
1800180000-G/31E/48000/00
-MR08220201
1800180000-G/31E/46000/00
-MR08220201
TOTAL
1800180000-G/31E/76000/00
-MR08220201-2024001379
Incremento de
crédito (euros)
288.143,41 €
4.194.982,52 €
4.483.125,93 €
1.421.956,89 €
Denominación de la línea
Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia,
la adolescencia y la juventud en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Partida presupuestaria
Cuantía máxima
1800180000-G/31E/48000/00
2.163.143,41 €
-MR08220201
1800180000-G/31E/46000/00
4.819.982,52 €
-MR08220201
TOTAL
6.983.125,93 €
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323792
Segundo. La nueva dotación máxima resultante para estas líneas de subvención pasa
a ser la siguiente: