Autoridades y personal. . (2025/137-25)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las pruebas de evaluación de competencias clave para el acceso a la formación de los certificados profesionales de los niveles 2 y 3 de cualificación profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Viernes, 18 de julio de 2025
página 10138/7
provisionales, exponiendo los motivos de la reclamación. Podrán ser presentadas
electrónicamente a través de la siguiente dirección:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
2. La comisión evaluadora resolverá las reclamaciones en el plazo de diez días
hábiles, a contar desde la finalización del plazo de reclamación y elaborará el acta
correspondiente con las calificaciones definitivas.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo dictará resolución conteniendo, en los mismos
términos descritos para las calificaciones provisionales, la relación definitiva de personas
aprobadas, con indicación de la puntuación obtenida.
4. Contra la resolución que contenga la relación definitiva de las calificaciones
obtenidas, que conforme al artículo 112 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 115.1
de la citada Ley 9/2007, de 22 de octubre, en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de su puesta a disposición, ante la persona titular de la Secretaría General de
Servicio Público de Empleo y Formación.
Décimocuarto. Expedición de certificaciones.
Los certificados de carácter oficial acreditativos de las competencias clave serán
expedidos por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, previa
solicitud de las personas que hayan superado las pruebas, dirigida a la persona titular de
la misma. Asimismo, se habilitará la descarga electrónica de los certificados oficiales en
la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/
formacion-empleo/quiero-formarme/competencias-clave/paginas/competencias-clavejulio-2025.html
Decimoquinto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00323736
Sevilla, 14 de julio de 2025.- La Directora General, María Eva Melero Torres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Viernes, 18 de julio de 2025
página 10138/7
provisionales, exponiendo los motivos de la reclamación. Podrán ser presentadas
electrónicamente a través de la siguiente dirección:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
2. La comisión evaluadora resolverá las reclamaciones en el plazo de diez días
hábiles, a contar desde la finalización del plazo de reclamación y elaborará el acta
correspondiente con las calificaciones definitivas.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo dictará resolución conteniendo, en los mismos
términos descritos para las calificaciones provisionales, la relación definitiva de personas
aprobadas, con indicación de la puntuación obtenida.
4. Contra la resolución que contenga la relación definitiva de las calificaciones
obtenidas, que conforme al artículo 112 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 115.1
de la citada Ley 9/2007, de 22 de octubre, en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de su puesta a disposición, ante la persona titular de la Secretaría General de
Servicio Público de Empleo y Formación.
Décimocuarto. Expedición de certificaciones.
Los certificados de carácter oficial acreditativos de las competencias clave serán
expedidos por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, previa
solicitud de las personas que hayan superado las pruebas, dirigida a la persona titular de
la misma. Asimismo, se habilitará la descarga electrónica de los certificados oficiales en
la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/
formacion-empleo/quiero-formarme/competencias-clave/paginas/competencias-clavejulio-2025.html
Decimoquinto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00323736
Sevilla, 14 de julio de 2025.- La Directora General, María Eva Melero Torres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja