3. Otras disposiciones. . (2025/137-37)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se aprueba el Programa de Uso Público del Parque Natural Sierra de Grazalema.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Viernes, 18 de julio de 2025
página 10087/11

Programa de uso público del Parque Natural Sierra de Grazalema

La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente (en adelante, la Consejería), dentro de
su ámbito de competencias tiene, respecto al uso público, las responsabilidades de la planificación
y coordinación de la red de equipamientos de uso público, infraestructuras y servicios asociados
de titularidad pública y la concertación con los de titularidad privada en los espacios naturales, así
como la elaboración, tramitación, seguimiento y evaluación de los Planes de Ordenación de los
Recursos Naturales, Planes Rectores de Uso y Gestión de los espacios naturales protegidos y otros
instrumentos de gestión de la Red Natura 2000.
De acuerdo con el esquema jerárquico que organiza las relaciones entre los diferentes
instrumentos de planificación de los espacios naturales andaluces, en lo que se ha dado en llamar
planificación en cascada, el Programa de Uso Público del Parque Natural (PUP) Sierra de
Grazalema desarrolla la dimensión de uso público de acuerdo con las prescripciones establecidas
por el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG),
aprobados por el Decreto 90/2006, de 18 de abril.
El PORN contempla cuatro objetivos que aluden de una forma más o menos explícita al
uso público:


Mantener y, en su caso, mejorar la calidad de los valores geomorfológicos y paisajísticos.



Poner en valor el patrimonio cultural desde una óptica integrada, como recurso potencial
en las políticas de desarrollo sostenible, promoviendo su utilización racional como
instrumento de desarrollo cultural y económico, siempre que no suponga un menoscabo o
deterioro de los recursos naturales.



Garantizar un conjunto de programas, servicios y equipamientos de apoyo a las
actividades recreativas, sociales, culturales y educativas, con la finalidad de acercar a los
visitantes a sus valores naturales y culturales, de una forma ordenada, segura y que
garantice la conservación y difusión de tales valores por medio de la información, la
educación y la interpretación ambiental.



Integrar los valores del patrimonio natural y cultural para des arrollar programas
educativos que promuevan una conciencia social favorable a la conservación de los
mismos.

Por su parte, en el marco de estos objetivos generales, el PRUG establece los siguientes
objetivos específicos relativos al uso público:


Promover el empleo del patrimonio cultural con fines didácticos, turísticos, uso público,
de investigación o de gestión.



Desarrollar el conjunto de programas, servicios y equipamientos que apoyen el uso
público.



Minimizar los posibles impactos que pudieran generar las actividades de uso público.



Desarrollar programas de educación ambiental dirigidos a la población escolar, al
habitante y al visitante, utilizando el patrimonio natural y cultural como recurso educativo.

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1. ALCANCE DEL PROGRAMA DE USO PÚBLICO

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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