Autoridades y personal. . (2025/134-25)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9988/8
Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de dos meses
la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por
delegación, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323587
5. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal funcionario
interino deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo
indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como
personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que opta por todas las
provincias.
6. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas a la
persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
7. La presentación se realizará exclusivamente de manera electrónica, accediendo a
la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/oepsolicitudes en la que se elaborará y presentará la solicitud de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en
el tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona
aspirante.
No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente,
siendo exclusivamente válida la tramitada a través de la Sede Electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html),
o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes. No será válida la
presentación de documentos a través de enlaces distintos.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el
formulario de participación y solo será posible la modificación de estos datos mediante
la presentación electrónica de un nuevo formulario dentro del plazo de presentación
recogido en el apartado 6 de la presente base, en cuyo caso el nuevo formulario dejará
sin efecto al anterior.
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, distinto al
modelo 046 de autoliquidación de la tasa, en el que se dejará constancia del asiento de
entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento
exacto de presentación de la solicitud y su no rechazo. Dicho justificante servirá de
acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado periodo
de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la
Administración, previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas,
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo
plazo en aquellos supuestos específicos que comprometan la presentación de la
solicitud de participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado por
esta convocatoria, por un período de días hábiles de igual duración, al menos, al de la
incidencia.
8. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante
de la recepción que genera el sistema tras la presentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9988/8
Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de dos meses
la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por
delegación, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323587
5. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal funcionario
interino deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo
indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como
personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que opta por todas las
provincias.
6. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas a la
persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
7. La presentación se realizará exclusivamente de manera electrónica, accediendo a
la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/oepsolicitudes en la que se elaborará y presentará la solicitud de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en
el tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona
aspirante.
No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente,
siendo exclusivamente válida la tramitada a través de la Sede Electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html),
o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes. No será válida la
presentación de documentos a través de enlaces distintos.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el
formulario de participación y solo será posible la modificación de estos datos mediante
la presentación electrónica de un nuevo formulario dentro del plazo de presentación
recogido en el apartado 6 de la presente base, en cuyo caso el nuevo formulario dejará
sin efecto al anterior.
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, distinto al
modelo 046 de autoliquidación de la tasa, en el que se dejará constancia del asiento de
entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento
exacto de presentación de la solicitud y su no rechazo. Dicho justificante servirá de
acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado periodo
de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la
Administración, previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas,
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo
plazo en aquellos supuestos específicos que comprometan la presentación de la
solicitud de participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado por
esta convocatoria, por un período de días hábiles de igual duración, al menos, al de la
incidencia.
8. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante
de la recepción que genera el sistema tras la presentación.