Autoridades y personal. . (2025/81-41)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral en la categoría Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6025/8
8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado
del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, en la forma establecida en el apartado 9.1,
que serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
En el supuesto de que ninguno de los aspirantes superase el proceso selectivo de
promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el sistema de turno
libre, al que podrán acceder únicamente las personas candidatas incluidas en el listado
definitivo de dicho proceso publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. Bolsa de trabajo.
11.1. En el supuesto que la plaza no sea cubierta mediante la fase de turno de
promoción interna, según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento de
Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319626
10. Presentación de documentos y contratación.
10.1. Aquella persona que haya superado el proceso selectivo deberá presentar en
el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en Plaza de Falla,
núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la
presente convocatoria.
10.2. Quien haya superado el proceso selectivo estará exenta de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3. La persona aspirante que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presente la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que
carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser contratada en
la categoría Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y
Mantenimiento de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6025/8
8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado
del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, en la forma establecida en el apartado 9.1,
que serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
En el supuesto de que ninguno de los aspirantes superase el proceso selectivo de
promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el sistema de turno
libre, al que podrán acceder únicamente las personas candidatas incluidas en el listado
definitivo de dicho proceso publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. Bolsa de trabajo.
11.1. En el supuesto que la plaza no sea cubierta mediante la fase de turno de
promoción interna, según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento de
Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319626
10. Presentación de documentos y contratación.
10.1. Aquella persona que haya superado el proceso selectivo deberá presentar en
el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en Plaza de Falla,
núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la
presente convocatoria.
10.2. Quien haya superado el proceso selectivo estará exenta de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3. La persona aspirante que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presente la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que
carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser contratada en
la categoría Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y
Mantenimiento de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.