Autoridades y personal. . (2025/81-41)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral en la categoría Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6025/5
de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que
estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano
competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», en el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en
la página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figura como Anexo IV.
5.2. Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia solicitará
a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa
de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como la firma
de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319626
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes correspondiente a cada uno de los
sistemas. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de
Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la lista completa de
personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s
de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona
aspirante, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo
con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6025/5
de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que
estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano
competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», en el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en
la página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figura como Anexo IV.
5.2. Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia solicitará
a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa
de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como la firma
de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319626
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes correspondiente a cada uno de los
sistemas. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de
Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la lista completa de
personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s
de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona
aspirante, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo
con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.